
Con o sin condena final, algo empieza a quedar más que claro en las actuaciones de la mujer y el hermano de Pedro Sánchez: se consideran con derecho a usar todas las influencias para aprovecharse de su condición de familiares del presidente para obtener negocios, cargos, sueldos, puestos o cualquier otro tipo de actividad lucrativa. Así lo ha dejado meridianamente claro Begoña Gómez, que, en 2018, en un reportaje periodístico sobre su llegada a La Moncloa, afirmó saber que tendría que cortar su minúscula actividad profesional porque, si no, entraría en "conflicto de intereses" e hizo justo lo contrario, usando todas las vías de negocio que le ofrece la presidencia del Gobierno de su marido. Y así lo ha dejado igualmente claro el hermano enchufado en un cargo inventado en la Diputación de Badajoz a lo largo de su defensa ante el Juzgado que le investiga por cinco presuntos delitos. Sus frases de defensa oscilan entre lo alucinógeno, pasando por lo increíble, hasta llegar a la más pura osadía de quien se cree intocable.
Uno de los párrafos de sus escritos de defensa plasmados en el sumario del caso David Sánchez –a los que ha tenido acceso Libertad Digital– aluden a su argumentación como una pura cuestión "ociosa", debido a su condición "fraternal" con Pedro Sánchez. El párrafo en cuestión señala que "procurando un análisis cronológico de lo actuado en esta causa, y a los efectos de la procedencia de este recurso, partimos de una denuncia de la organización Manos Limpias que se nutre de informaciones periodísticas relacionadas con la persona de nuestro defendido, tan amplificadas por los medios de comunicación que es ocioso referirse a ellas". Por lo visto, a David Sánchez –o Azagra, por que se esconde bajo un seudónimo– le parece "ocioso" contestar a preguntas relativas a su cargo inventado, enchufe, puesto otorgado a los once días de la llegada de su hermano a la cúpula del PSOE, sueldo presuntamente sin acudir a trabajar, residencia en Portugal en una casa aparentemente deshabitada, impago del IRPF en España o patrimonio de más de dos millones generado supuestamente con unos ingresos de menos de 300.000 euros.
Su defensa prosigue afirmando que "en lo esencial, los contornos de esos sucesos vienen a coincidir con el marco fáctico fijado por el Auto combatido y algunos de ellos se soportan por la propia información suministrada por el Sr. Sánchez Pérez-Castejón en su preceptiva declaración de bienes. Desde esos presupuestos se ensayan prospectivamente sospechas de ilicitud penal que, indiscutiblemente, se enmarcan en la contienda política por conocidas razones fraternales, en el sentido etimológico del adjetivo". De nuevo, por lo visto, si tu persona es el hecho "fraternal" de un presidente del Gobierno, no puedes ser investigado judicialmente por los enchufes o impagos fiscales. Un visión muy propia de los Sánchez, a la vista del ataque del Gobierno a los jueces que han osado investigar los innumerables negocios de la mujer y el hermano.
Los argumentos llegan a lo estrambótico cuando deslizan incluso un hecho que puede ser hasta inculpador de David Sánchez con tal de descalificar las actuaciones judiciales contra el hermano del presidente. "No se repara en que la información profesional de D. David que esta organización une a la denuncia descarta cualquier actividad de naturaleza mercantil atribuible a su persona, por lo que el puente entre Madrid y Badajoz no comparece indiciariamente". Y es que, de ser eso cierto, supondría un aval más de que el principal centro de ingresos del hermano del presidente es la Diputación de Badajoz. Es decir, España, a menos que por el camino Pedro Sánchez negocie con algún separatista el reconocimiento nacional de Badajoz. Y, por lo tanto, y según la Ley de IRPF, el hermano debería haber pagado y declarado su Impuesto de la Renta en España porque, por mucho que hiciera figurar una residencia en Portugal, su principal pagador es español, como refleja literalmente esta norma. Y hay que recordar que uno de los delitos por los que si investiga a David Sánchez es el fiscal, precisamente, por haberse autoadjudicado la categoría de no declarante en España cuando la ley apunta lo citado expresamente.
"Por elementales razones de orden de prioridades procesales, es preciso destacar la atipicidad manifiesta de algunas de las conductas que se le atribuyen a este investigado, que es un aspecto muy a tener en cuenta a la hora de calibrar la pertinencia y utilidad de las pruebas a practicar, ya que si la configuración fáctica de lo denunciado no incardina en tipo penal alguno, la esterilidad de su consumación es radical, salvo que el juicio que se persiga no se acomode a la estricta técnica jurídica y se persiga otra cosa", añade, deslizando una posible acusación contra la juez Biedma un tanto curiosa en un estado de derecho.
"Para empezar, lo atinente al mayor o menor grado de cumplimiento de un trabajador público o privado parece materia refractaria al ordenamiento criminal, siendo otras disciplinas normativas las que se han venido encargando de dirimir esa clase de omisiones, en el supuesto de que fueran tales; no se debiera considerar delito el absentismo, dicho esto genéricamente", añade la defensa del hermano enchufado en el cargo inventado. "Los principios de intervención mínima y lesividad que inspiran nuestra rama del ordenamiento así lo aconsejan. Dilatar los contornos típicos de la malversación hasta el punto de considerar que no cumplir con el horario laboral es una manifestación de esta figura nos parece contrario, por añadidura, al principio de legalidad –en su acepción de la necesaria taxatividad de la descripción de los delitos–, cuando no un insoportable ensayo analógico o de interpretación extensiva en su entendimiento aplicativo", argumenta, por decirlo de alguna manera, la defensa del hermano de Sánchez, en vez de demostrar que acudía al puesto inventado.
Sánchez ya ha dejado claro que un medio crítico como este es un obstáculo. Nos halaga pero necesitamos tu ayuda para demostrarle que lo que dice es cierto. Hazte socio del Club LD.