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Bofetada del Supremo a Cerdán: se cansa de acusaciones de "complot" y advierte de que los hechos delictivos son nítidos

El Supremo rechaza la teoría del complot de la defensa de Cerdán y afirma que los indicios delictivos son "nítidos" y fundados.

El Supremo rechaza la teoría del complot de la defensa de Cerdán y afirma que los indicios delictivos son "nítidos" y fundados.
Santos Cerdán en el Congreso de los Diputados. | Europa Press

El magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, acaba de confirmar la prisión provisional, comunicada y sin fianza del exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán. El motivo, que persisten los indicios de su responsabilidad en la "comisión de delitos graves", y se mantiene "el riesgo de ocultación o destrucción de pruebas".

Pero, más allá de la resolución, el auto del magistrado Puente ha propiciado un sonoro bofetón a la defensa de Cerdán: el Supremo se cansa de acusaciones de "complot" y advierte de que los hechos delictivos son "nítidos".

El auto desmonta una a una las acusaciones de la defensa de Cerdán: "Es un ciudadano que se asegura inocente, por emplear también aquí las expresiones que se contienen en el escrito al que ahora se da respuesta. Y no solo resulta plenamente legítimo que el investigado proclame su inocencia, sino que, además, dicho alegato se robustece especialmente bajo el prisma del derecho fundamental a que aquella sea presumida (artículo 24.2 de la Constitución española). Esto, naturalmente, no está en cuestión", explica el magistrado.

Pero, acto seguido, advierte de que "diferente es, sin embargo, que baste con eso para neutralizar la existencia de motivos bastantes para considerarle, siempre en los términos indiciarios que resultan propios de la fase procesal en la que nos encontramos, eventualmente responsable de los hechos, en apariencia delictivos, que el resultado actual de la investigación proporciona nítidamente".

El Supremo desmonta la teoría del complot

Y que un Tribunal Supremo hable de hechos "nítidos" no suele ser un buen comienzo para el imputado.

"Frente a los consistentes indicios que apuntan en esa dirección -que comprensiblemente la parte minimiza o pasa por alto- opone aquélla un conjunto de afirmaciones enteramente apodícticas, en cuanto ayunas del más mínimo indicio que permitiera sustentarlas", señala.

"Así diseña, a partir de dicha artificiosa construcción, una suerte de trama o complot, que atribuye indistinta y/o conjuntamente al también investigado en esta causa especial, don Koldo García Izaguirre, a los distintos agentes de la Guardia Civil que han tenido intervención en la investigación (y a otros ajenos a ella), a la Fiscalía y a este mismo instructor, quienes, -se desconoce si actuando de consuno desde un principio o sumando su torcida voluntad a un proyecto ya iniciado por otros-, tratarían de hacer aparecer al Señor Cerdán Santos como responsable de unos hechos en los que no tuvo intervención alguna", indica el magistrado.

Para colmo, "es verdad que esta trama o complot no acaba de definirse por la parte en sus líneas maestras, de tal modo que no termina de precisarse a quién habría correspondido la iniciativa de la operación y cuál sería el rol que, en concreto, cada quién desempeña en aquélla. Lo que puede identificar tajantemente la defensa del Señor Cerdán León, aunque por descontado sin fundamento identificable alguno, es el motivo que animaría al conjunto de la trama: unos y otros actuarían, explica, en respuesta a la actuación política del Señor Cerdán León, frente a la que a todos sitúa, sin explicación complementaria alguna", señala el auto del Supremo.

El magistrado señala que la "libre elección estratégica [de la defensa] no puede permitir que se dejen a un lado los indicios de criminalidad, ciertamente existentes, para, ignorándolos e invirtiendo los términos, desfigurar la causa hasta convertirla en una investigación a los investigadores, al socaire de meras imputaciones, indefinidas y carentes del más mínimo apoyo justificativo, siquiera indiciario, procedentes del investigado".

El Supremo señala en ese momento las evidencias de "los archivos de audio, que constituyen ciertamente el más intenso de los indicios incriminatorios frente al Señor Cerdán León" y hasta las declaraciones del propio imputado, que en ningún momento aludió a la falsedad de esos vídeos hasta que lo hizo su defensa.

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