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El enésimo bulo de Bolaños: ningún país avanzado tiene una Fiscalía como la que él prepara con su golpe a la Justicia

El plan del Gobierno incluye cuatro reformas legales que buscan someter a jueces y fiscales y debilitar las causas por corrupción.

El plan del Gobierno incluye cuatro reformas legales que buscan someter a jueces y fiscales y debilitar las causas por corrupción.
El ministro de Justicia, Félix Bolaños. | Europa Press

El Gobierno de Pedro Sánchez ha dado un paso más en su golpe a la Justicia. No se trata de una ley Bolaños, sino de cuatro. Cuatro mazazos a la independencia y la capacidad de combate de la Justicia a la corrupción diseñados con un objetivo: librar a Pedro Sánchez del cerco judicial en el que se encuentra por los innumerables flancos de presunta corrupción que ya investiga la Justicia y la UCO. El corte de relaciones entre el PSOE y Junts puede truncar el deseo de impulsar estas normas. Pero el propósito es obvio: someter a la Justicia.

En la actualidad, el fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz está procesado por revelación de secretos; la esposa de Pedro Sánchez, Begoña Gómez, está imputada por cinco delitos; su hermano David Sánchez ha sido enviado a juicio por tráfico de influencias y prevaricación; y su mano derecha en el PSOE, Santos Cerdán, está en Soto del Real. Y, por ello, el Gobierno de Pedro Sánchez ha diseñado un plan para someter a la justicia. El Ejecutivo, en esa línea, ha puesto en marcha cuatro reformas diferentes, pero perfectamente relacionadas unas con otras. Su gran argumento es que sigue el ejemplo de la UE u otros países avanzados. Y simplemente se trata de otra mentira más de este Gobierno.

Un plan para controlar la Justicia

La primera de las reformas contempla modificar el sistema de acceso a la Carrera judicial y fiscal. El Ejecutivo quiere rebajar los criterios exigidos a jueces y fiscales en los exámenes de acceso para permitir la entrada masiva de jueces sustitutos, así como de otros juristas como abogados, funcionarios de Justicia o graduados sociales. Profesionales que, además, podrían preparar sus oposiciones en un centro público controlado por el Ministerio de Justicia, lo que daría la oportunidad al Gobierno de impulsar unos determinados perfiles ideológicos y no otros. Fuentes judiciales se temen todo tipo de ayudas sin descartar, ni siquiera, una posible orientación sobre las preguntas de las oposiciones.

La segunda ley recoge la reforma del Estatuto del Ministerio Fiscal. La perla de ese cambio es la entrega a la Fiscalía la instrucción de los casos judiciales y, por lo tanto, de la dirección de la Policía Judicial en las investigaciones. Es decir, que el Gobierno controlaría a través de la Fiscalía a la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) durante la instrucción y toda la instrucción en sí.

La tercera reforma busca la anulación de las acusaciones populares. No solo se delimitan los delitos en los que cabe la acción popular, sino que se desnaturaliza su existencia al exigir que exista un 'vínculo' con el interés público para poder personarse. Y eso lo decidiría el fiscal puesto por ellos mismos.

La cuarta pata de la reforma es la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, el pagamento de todo lo citado, que daría fuerza a todo lo dicho y haría que, aunque los cambios en la Fiscalía tuviesen que esperar un poco más, no así la paralización de los casos en vigor. Y es que todos los casos proceden de acciones populares y, al limitarlas, se podría tener que frenar los casos iniciados en base a esta figura. Traducido: el caso Koldo, Begoña Gómez, hermano de Sánchez…

Rechazo desde Europa

Pues bien, toda esta reforma no cuenta con ningún respaldo en la UE. De hecho, el Grupo Anticorrupción del Consejo de Europa (GRECO) lleva desde 2014 exigiendo a España esfuerzos adicionales para garantizar la imparcialidad de la Fiscalía. Y esta reforma se dirige justo en dirección contraria. El GRECO ha pedido también reconsiderar el método de selección y el periodo de mandato del fiscal general del Estado.

También el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha pedido que la Fiscalía sea, y así lo parezca, imparcial, objetiva y libre de cualquier influencia impropia, en particular de naturaleza política. Lo hizo en 2017 y esta reforma va en la dirección contraria.

Ejemplos de otros países

¿Y qué pasa en otros países? De nuevo la argumentación del PSOE es falsa.

Empecemos por Portugal. Allí, el procurador general —fiscal general— es cierto que es nombrado por el presidente de la República a propuesta del Gobierno, pero su nombramiento no coincide con la duración del Gobierno, lo que dificulta la acción coordinada del fiscal con el Ejecutivo.

Alemania: en este país cada land —estados federados— tiene un fiscal general. Son nombrados por el presidente de la República a propuesta del ministro federal de Justicia. Pero es necesaria la aprobación de su Consejo Federal —el Bundesrat, donde están los 16 estados federados— y el Gobierno puede cesarlos. Además, la institución tiene un elevado prestigio.

Francia: los fiscales generales son nombrados por el presidente de la República, pero tras escuchar al Consejo Superior de la Magistratura, que es como nuestro CGPJ.

Italia: no existe la figura del fiscal general, con lo que no hay dependencia jerárquica de un cargo superior. Por lo tanto, los fiscales italianos operan como los jueces a efectos de independencia y no pueden ser coaccionados de forma directa por el Gobierno en el ejercicio de la acción penal. Son magistrados aunque no del Poder Judicial.

EEUU: el fiscal general no es una figura autónoma, sino que se inserta en el Gobierno como ministro de Justicia (secretario del Departamento de Justicia Federal). Lo nombra el presidente. Pero ejerce siempre la acusación y, por ello, se contrarresta con la defensa, el juez y el jurado. Es un sistema radicalmente distinto.

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