Como alguien diga ni mù...(+)
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Como alguien diga ni mù...(+)
Enviado por Xyz el día 20 de Agosto de 2013 a las 12:51
http://www.libertaddigital.com/espana/2013-08-20/una-joven-transexual-elegida-dama-de-honor-en-un-pueblo-de-extremadura-1276497584/
Ya saben...todos a favor...por coj...
Tolerantes con lo intolerable!!! España es hoy un Pueblo carroñero donde los haya
Enviado por opinando el día 20 de Agosto de 2013 a las 12:56
Y hablando de tolerancia... En Peru lo tienen claro....+++
Enviado por opinando el día 20 de Agosto de 2013 a las 13:24
También cárcel para reincidentes de robos menores
18:49 Ejecutivo dicta normas de "tolerancia cero" al sicariato
juvenil
Lima, ago. 19 (ANDINA). El Ejecutivo publicó hoy en el Diario
Oficial El Peruano la Ley Nº 30076, que establece sanciones
duras contra los sicarios juveniles y cárcel efectiva contra los
reincidentes en robos, entre otras medidas.
ANDINA/archivo
La referida norma modifica diversos artículos del Código Penal,
Código Procesal Penal, Código de Ejecución Penal, Código de
los Niños y Adolescentes, y crea Registros y Protocolos con la
finalidad de combatir la inseguridad ciudadana en el país.
La ley establece el castigo drástico a los ‘sicarios’, y otros
delincuentes que, amparándose en su relativa edad (18 a 21
años) en la actualidad son sujeto de beneficios en la aplicación
de la pena. Con la nueva Ley, estos tendrán las mismas
sanciones.
Esta norma resulta trascendental, pues forma parte de los 21
proyectos de ley presentados por el Poder Ejecutivo para
fortalecer la seguridad ciudadana en el país.
La citada norma, establece que las infracciones menores como
el robo de un celular serán sancionadas como delito y no como
faltas, en los casos de reincidentes o habituales.
También se sancionan las nuevas modalidades del delito de
marcaje, como el acopio o entrega de información, vigilancia o
seguimiento o colaboración mediante el uso de armas,
vehículos, teléfonos entre otros medios.
Asimismo, el delito se agrava cuando el sujeto es servidor o
funcionario público, o con vínculo laboral con la víctima o
trabaje en empresas del sistema financiero, entre otros.
La referida ley, fortalece el rol de la Policía Nacional del Perú
(PNP) en la persecución del delito, mediante un conjunto de
reformas en la fase de investigación, para fortalecer la acción
conjunta con los fiscales.
Otro aspecto relevante, son las nuevas modalidades en
materia de inhabilitación contra quienes cometan crímenes.
De esta manera, se declara la incapacidad definitiva para
obtener licencia de conducir cualquier tipo de vehículo o para
portar armas de fuego, la restricción de elección del derecho
de residencia o de aproximarse o comunicarse con las víctimas
o de visitar internos en penales.
Procesos rápidos
Con el fin de mejorar la persecución penal, se sancionará a los
abogados que utilicen mecanismos dilatorios y a los fiscales
que no cumplan oportunamente con sus deberes funcionales.
Igualmente, se establece la valoración de la espontaneidad en
la confesión sincera y del peligro de fuga, tomando en cuenta
si el imputado forma parte de una organización criminal, entre
otras razones.
Se fija, asimismo, la adopción de protocolos y reglamentos
entre la PNP y el Ministerio Público para la lucha efectiva
contra el crimen.
Otra medida efectiva contra la inseguridad ciudadana es la
que dispone mayores requisitos para la procedencia de los
beneficios penitenciarios, con lo cual se impedirá que los
condenados encuentren una libertad rápida e inmerecida.
También se crean los registros de denuncias por faltas, así
como de trabajadores de construcción civil, lo que permitirá la
debida identificación de aquellos delincuentes involucrados en
hechos delictivos.
Invasores
Asimismo, se fija un nuevo marco sancionatorio de los delitos
de usurpación, para proteger la propiedad frente a las
invasiones, y sancionar de manera efectiva a quienes, por
medio de violencia o clandestinidad, toman posesión ilícita de
bienes ajenos.
Respecto a los bienes del Estado o cuando se afecte la libre
circulación en vías de comunicación, entre otras causales, se
incrementarán las penas. Además, los desalojos se producirán
en un plazo de 72 horas.
Seguridad vial
La norma contiene cambios sustanciales a favor de la
seguridad vial, al disponerse el pago efectivo de multas de
tránsito, con la modificación de la Ley de Procedimientos de
Ejecución Coactiva.
Con esta ley ya no se podrá suspender las medidas coactivas
para el cobro efectivo de multas de tránsito, con lo cual no
tendremos transportistas con 80, 120 o hasta 200 multas
impagas.
(FIN) NDP / MDV/ ASH
18:49 Ejecutivo dicta normas de "tolerancia cero" al sicariato
juvenil
Lima, ago. 19 (ANDINA). El Ejecutivo publicó hoy en el Diario
Oficial El Peruano la Ley Nº 30076, que establece sanciones
duras contra los sicarios juveniles y cárcel efectiva contra los
reincidentes en robos, entre otras medidas.
ANDINA/archivo
La referida norma modifica diversos artículos del Código Penal,
Código Procesal Penal, Código de Ejecución Penal, Código de
los Niños y Adolescentes, y crea Registros y Protocolos con la
finalidad de combatir la inseguridad ciudadana en el país.
La ley establece el castigo drástico a los ‘sicarios’, y otros
delincuentes que, amparándose en su relativa edad (18 a 21
años) en la actualidad son sujeto de beneficios en la aplicación
de la pena. Con la nueva Ley, estos tendrán las mismas
sanciones.
Esta norma resulta trascendental, pues forma parte de los 21
proyectos de ley presentados por el Poder Ejecutivo para
fortalecer la seguridad ciudadana en el país.
La citada norma, establece que las infracciones menores como
el robo de un celular serán sancionadas como delito y no como
faltas, en los casos de reincidentes o habituales.
También se sancionan las nuevas modalidades del delito de
marcaje, como el acopio o entrega de información, vigilancia o
seguimiento o colaboración mediante el uso de armas,
vehículos, teléfonos entre otros medios.
Asimismo, el delito se agrava cuando el sujeto es servidor o
funcionario público, o con vínculo laboral con la víctima o
trabaje en empresas del sistema financiero, entre otros.
La referida ley, fortalece el rol de la Policía Nacional del Perú
(PNP) en la persecución del delito, mediante un conjunto de
reformas en la fase de investigación, para fortalecer la acción
conjunta con los fiscales.
Otro aspecto relevante, son las nuevas modalidades en
materia de inhabilitación contra quienes cometan crímenes.
De esta manera, se declara la incapacidad definitiva para
obtener licencia de conducir cualquier tipo de vehículo o para
portar armas de fuego, la restricción de elección del derecho
de residencia o de aproximarse o comunicarse con las víctimas
o de visitar internos en penales.
Procesos rápidos
Con el fin de mejorar la persecución penal, se sancionará a los
abogados que utilicen mecanismos dilatorios y a los fiscales
que no cumplan oportunamente con sus deberes funcionales.
Igualmente, se establece la valoración de la espontaneidad en
la confesión sincera y del peligro de fuga, tomando en cuenta
si el imputado forma parte de una organización criminal, entre
otras razones.
Se fija, asimismo, la adopción de protocolos y reglamentos
entre la PNP y el Ministerio Público para la lucha efectiva
contra el crimen.
Otra medida efectiva contra la inseguridad ciudadana es la
que dispone mayores requisitos para la procedencia de los
beneficios penitenciarios, con lo cual se impedirá que los
condenados encuentren una libertad rápida e inmerecida.
También se crean los registros de denuncias por faltas, así
como de trabajadores de construcción civil, lo que permitirá la
debida identificación de aquellos delincuentes involucrados en
hechos delictivos.
Invasores
Asimismo, se fija un nuevo marco sancionatorio de los delitos
de usurpación, para proteger la propiedad frente a las
invasiones, y sancionar de manera efectiva a quienes, por
medio de violencia o clandestinidad, toman posesión ilícita de
bienes ajenos.
Respecto a los bienes del Estado o cuando se afecte la libre
circulación en vías de comunicación, entre otras causales, se
incrementarán las penas. Además, los desalojos se producirán
en un plazo de 72 horas.
Seguridad vial
La norma contiene cambios sustanciales a favor de la
seguridad vial, al disponerse el pago efectivo de multas de
tránsito, con la modificación de la Ley de Procedimientos de
Ejecución Coactiva.
Con esta ley ya no se podrá suspender las medidas coactivas
para el cobro efectivo de multas de tránsito, con lo cual no
tendremos transportistas con 80, 120 o hasta 200 multas
impagas.
(FIN) NDP / MDV/ ASH
Peru cuna de la civilización Inca... al final los "indios sin civilizar" vamos a ser los europeos...
Enviado por linda2 el día 21 de Agosto de 2013 a las 09:31
Dejen que le den el premio al chaval, así se podrá comprar una máquina de afeitar s/t
Enviado por falc el día 21 de Agosto de 2013 a las 07:59
Se da la noticia del hecho como si se adaptara a la cultura del pueblo +++
Enviado por quejio el día 21 de Agosto de 2013 a las 13:18
Pero nadie irá allí a hacer un reportaje a reflejar la realidad, a exhibir el cachondeo y el despiporre del personal indígena.
Porque decisiones como esas se toman por la voluntad de un alcalde progre analfabeto y los deseos de que las fiestas del pueblo sean los mas "divertidas" posible, y si es posible salir en el Guinnes.
Saludos
Porque decisiones como esas se toman por la voluntad de un alcalde progre analfabeto y los deseos de que las fiestas del pueblo sean los mas "divertidas" posible, y si es posible salir en el Guinnes.
Saludos