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Infanta, Duquesa, encartada

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Infanta, Duquesa, encartada
Enviado por SUSTINE el día 5 de Abril de 2013 a las 10:38




Era inexplicable la marginación procesal en la que seguía la Infanta Cristina en el sumario contra su marido; finalmente el juez de instrucción ha hecho y dicho lo ineludible,citar como imputada a la Infanta. Sin entrar a contrarrestar los vomitivos comentarios de los periodistas y políticos lacayunos en defensa de la Infanta, la Corona y la purpura corrupta y autocomplaciente,lo que la actual situación procesal de la Infanta obliga a decir es lo siguiente:

1) El estatuto o condición para declarar en el sumario, salvo para el perito, es de TESTIGO o de IMPUTADO, digase también en castellano: sospechoso,denunciado, encartado, encausado,ensumariado, y procesado cuando haya auto de procesamiento.Como la interesada es obvio que no es testigo, sino algo más, no puede ser más que imputada, que es simplemente la condición para poder declarar relevada de juramento y con advertencia de los derechos a guardar silencio, no declarar contra sí misma y a no confesarse culpable. También podría haber sido citada como testigo, y a la primera pregunta o respuesta de sospecha seguir la declaración como tal sospechosa y con advertencia de derechos y asistencia letrada.

2) Si no hubiese sido apartada del sumario hasta ahora, no se hubiera necesitado dar tantas explicaciones o motivaciones jurídicas para citar a la Infanta. En el proceso penal es el a b c de la práctica el que se han de evacuar las citas útiles, que quiere decir que han de deponer todos los que puedan saber algo o puedan tener algo que decir, lo cual implica citar de comparecencia a cualquiera que se le nombre en relación de los hechos. Otra cosa es no querer saber la verdad .

3)Oponerse la Fiscalía a que la Infanta no declare ni siquiera como testigo es tan esperpéntico como si se opusiera a abrir un cajón para no saber lo que hay dentro. Pasará a los anales judiciales del pasteleo judicial que el Ministerio Público (la fiscalía) se niegue a la práctica de una prueba. Otra cosa es diverger o discrepar en la conclusión o interpretación del resultado de la práctica de la prueba ( la declaración de la Infanta) pero no tiene sentido oponerse a la declaración misma. Imaginemos que ella ahora por un arrepentimiento o venganza contra su marido quisiera declarar mucho más de lo que hasta ahora se sabe.

4) Hubiese quedado como una señora de raza y estirpe si ella hubiese querido comparecer y declarar antes de ser citada. No entiendo como la Real Casa no propició esta solución propia de personas de calidad y honor, en vez de estar agazapada esperando no ser citada nunca.