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Por muy doloroso que sea, la llamada doctrina Parot CARECE de base legal alguna en nuestro ordenamiento jurídico. Salutem.-

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Por muy doloroso que sea, la llamada doctrina Parot CARECE de base legal alguna en nuestro ordenamiento jurídico. Salutem.-
Enviado por nicodemo el día 21 de Octubre de 2013 a las 23:16
LLeva razón, pero ++
Enviado por quejio el día 21 de Octubre de 2013 a las 23:28
Pero si de la misma forma que se ha aplicado la Ley por parte del TEDH exclusiva y rígidamente al pie de la letra, sin tener en cuenta otros factores humanos y sociológicos (sentimientos y escándalo social), si se hubiera aplicado esa misma rigidez en la letra en el caso Faisán, hoy estarían en la cárcel Rubalcaba y Zapatero.

La ley esta siendo usada -igual que siempre- como mero instgrumento al servicio del poder y no como intento -por tímido que sea- de hacer justicia.

Saludos
O sea, que no es cierto lo que yo he escrito.- ¿O sÍ? Salutem.-
Enviado por nicodemo el día 22 de Octubre de 2013 a las 16:45
Lo que carece de base legal es el Tribunal Masónico. Saludos
Enviado por speeds3 el día 22 de Octubre de 2013 a las 16:47
Con las Cosas SERIAS NO se puede hacer DEMAGOGIA.- ¿O sÏ? Salutem.-
Enviado por nicodemo el día 22 de Octubre de 2013 a las 16:59
No señor. Es legal porque no actúa ni sobre la sentencia, ni sobre la condena. Lo hace sobre un hecho actual, en curso: el cumplimiento en prisión.
Enviado por Hefesto el día 22 de Octubre de 2013 a las 18:35
No puede hablarse de retroactividad en lo que
concierne a beneficios penitenciarios que tienen un
fundamento político y que atienden, por tanto, al bien
general en el mismo momento en que se promulga la
norma.
SI tiene base legal, nicodemo. +++
Enviado por Papulus el día 22 de Octubre de 2013 a las 20:13
La Jurisprudencia del TS sentada en más de veinte
sentencias sobre la aplicación de los beneficios
penitenciarios sobre las penas y la del TC.

Y ambas SI son de obligado cumplimiento y ejecución
por nuestros jueces y no la sentencia del TDHE.