Vamos a ver: "Conceden doble pensión a la hija de una mujer asesinada por su marido" en Andalucía...(+)
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Vamos a ver: "Conceden doble pensión a la hija de una mujer asesinada por su marido" en Andalucía...(+)
Enviado por Nicer el día 12 de Febrero de 2014 a las 12:34
Enlace:
http://www.elmundo.es/espana/2014/02/12/52faa695268e3e01438b4581.html
Cabe añadir lo siguiente, previamente leyendo esto:
http://attardabogados.com/obligacion-alimentos-entre-parientes/
Si se pretende establecer ese derecho de bienestar social por parte del Estado, deberá ser para todos y entonces esa obligación legal deberá desaparecer.
Ahora bien, esa niña tendrá abuelos: los correspondientes a su padre y a su madre. La Ley les obliga a pagarle el "alimento". Si no existen esos ascendentes, ni tiene descendentes que puedan hacerlo, la tía no tiene la obligación legal, pero quizás sí la obligación moral. Sólo en ese caso la sociedad puede tomar cartas en el asunto. Pero si esto no es así, existe una incongruencia TOTAL en las leyes por cuanto se obliga, por el Código Civil, a mantener a familia directa por parte de la familia directa. Si se está vulnerando este precepto, caben dos posibilidades:
- O se elimina la obligatoriedad legal "de los alimentos entre parientes".
- O la sociedad no debe hacerse cargo mientras existan parientes directos que puedan hacerlo.
Pero las dos cosas no puede ser.
Por tanto, ¿la niña tiene abuelos o no tiene abuelos que puedan procurarle el alimento necesario?.
Esa es la cuestión y no otra. Porque el populismo y la demagogia son cojonudos, pero las cosas siempre tienen un sentido lógico y racional. Porque si la niña no tiene abuelos que la puedan mantener, entonces si, entonces la sociedad no sólo tiene la obligación moral, sino legal, de procurarle lo necesario. Pero lo necesario igual no son 666€, si no 780 u 800€. Dependerá de la justo y necesario de cada momento de su vida.
Ahora bien, tengan en cuenta una cosa, el derecho al alimento al que obliga la Ley es incondicional, somete al alimentado a un derecho legal, pero no le dota de obligaciones. Por tanto, si ustedes tienen un familiar que no ha querido trabajar en su vida, y no le da la real gana de hacer nada, la ley les obliga a mantenerlo de manera incondicional. Si la ley obliga a mantener a familiares directos de manera incondicional, que tenga claro el Estado que también deberá hacerlo con todos...
Porque o todos o ninguno y no caben más desigualdades ante la Ley, arbitrarias e injustas. O todos tenemos las mismas obligaciones y derechos, o se rompe la baraja.
http://www.elmundo.es/espana/2014/02/12/52faa695268e3e01438b4581.html
Cabe añadir lo siguiente, previamente leyendo esto:
http://attardabogados.com/obligacion-alimentos-entre-parientes/
Si se pretende establecer ese derecho de bienestar social por parte del Estado, deberá ser para todos y entonces esa obligación legal deberá desaparecer.
Ahora bien, esa niña tendrá abuelos: los correspondientes a su padre y a su madre. La Ley les obliga a pagarle el "alimento". Si no existen esos ascendentes, ni tiene descendentes que puedan hacerlo, la tía no tiene la obligación legal, pero quizás sí la obligación moral. Sólo en ese caso la sociedad puede tomar cartas en el asunto. Pero si esto no es así, existe una incongruencia TOTAL en las leyes por cuanto se obliga, por el Código Civil, a mantener a familia directa por parte de la familia directa. Si se está vulnerando este precepto, caben dos posibilidades:
- O se elimina la obligatoriedad legal "de los alimentos entre parientes".
- O la sociedad no debe hacerse cargo mientras existan parientes directos que puedan hacerlo.
Pero las dos cosas no puede ser.
Por tanto, ¿la niña tiene abuelos o no tiene abuelos que puedan procurarle el alimento necesario?.
Esa es la cuestión y no otra. Porque el populismo y la demagogia son cojonudos, pero las cosas siempre tienen un sentido lógico y racional. Porque si la niña no tiene abuelos que la puedan mantener, entonces si, entonces la sociedad no sólo tiene la obligación moral, sino legal, de procurarle lo necesario. Pero lo necesario igual no son 666€, si no 780 u 800€. Dependerá de la justo y necesario de cada momento de su vida.
Ahora bien, tengan en cuenta una cosa, el derecho al alimento al que obliga la Ley es incondicional, somete al alimentado a un derecho legal, pero no le dota de obligaciones. Por tanto, si ustedes tienen un familiar que no ha querido trabajar en su vida, y no le da la real gana de hacer nada, la ley les obliga a mantenerlo de manera incondicional. Si la ley obliga a mantener a familiares directos de manera incondicional, que tenga claro el Estado que también deberá hacerlo con todos...
Porque o todos o ninguno y no caben más desigualdades ante la Ley, arbitrarias e injustas. O todos tenemos las mismas obligaciones y derechos, o se rompe la baraja.
Además, ya lo dijo nuestro juanCar , que la justicia es igual para todos, falta concretar quién son esos todos ...
Enviado por opinando el día 13 de Febrero de 2014 a las 00:22
Da en el clavo , Nicer. Pero admigirf
Enviado por Puig el día 13 de Febrero de 2014 a las 10:13
Da en el clavo, Nicer. Pero una excepcion es admisible... pero una y no más. Quizas se se pagase del se
Enviado por Puig el día 13 de Febrero de 2014 a las 10:15