
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente sancionador al youtuber Ibai Llanos por el que podría ser multado hasta con 750.000 euros, según cuenta el diario El Mundo. De acuerdo con esta información, la CNMC aprecia que se ha cometido una "infracción grave de la Ley General de Comunicación Audiovisual". Dicha norma establece que las sanciones para este tipo de infracciones estén ubicadas entre los 30.000 y los 750.000 euros, en función de la cuantía a la que asciendan los ingresos devengados del infractor.
El propio Ibai Llanos ha reaccionado a la publicación de El Mundo con su cuenta personal en X (Twitter):
Cómo le haces esto a un hermano? @sanchezcastejon
— Ibai (@IbaiLlanos) February 26, 2026
"¿Cómo le haces esto a un hermano?". El creador de contenido vasco ironizaba así al mencionar al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ya que una de las bromas recurrentes con las que suelen criticar a Ibai Llanos es precisamente la que tiene que ver con que es "muy amigo" del presidente del Gobierno. Ante este tuit, un usuario le preguntó qué había hecho, a lo que Ibai respondió:
Es por la presentación de artistas de la Velada 2025 que salían latas de coca cola y no puse el #publi.
Pongo aquí #publi por si acaso.
— Ibai (@IbaiLlanos) February 26, 2026
"Es por la presentación de artistas de la Velada 2025, que salían latas de Coca Cola y no puse el #publi. Pongo aquí #publi por si acaso". Así pues, y según lo que explica el propio Ibai Llanos, la causa por la que la CNMC ha abierto este expediente sancionador al famoso youtuber tiene que ver con una sospecha de publicidad encubierta.
El motivo por el que Ibai puede ser sancionado, ya que aún no lo ha sido, es el que se incluye en el artículo 122 de la Ley General de Comunicación Audiovisual, que dice lo siguiente: "Se prohíbe la comunicación comercial audiovisual encubierta que, mediante la presentación verbal o visual, directa o indirecta, de bienes, servicios, nombres, marcas o actividades, tenga de manera intencionada un propósito publicitario y pueda inducir al público a error en cuanto a la naturaleza de dicha presentación".
El posible motivo de la sanción
Esta ley afecta a Ibai Llanos, y a otros creadores de contenido, ya que se le considera como un "usuario de especial relevancia", según lo establecido en el artículo 94: "A los efectos de esta ley, tendrán la consideración de usuarios de especial relevancia aquellos usuarios que empleen los servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma y cumplan de forma simultánea los siguientes requisitos:
- El servicio prestado conlleva una actividad económica por el que su titular obtiene unos ingresos significativos derivados de su actividad en los servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma;
- El usuario de especial relevancia es el responsable editorial de los contenidos audiovisuales puestos a disposición del público en su servicio.
- El servicio prestado está destinado a una parte significativa del público en general y puede tener un claro impacto sobre él.
- La función del servicio es la de informar, entretener o educar y el principal objetivo del servicio es la distribución de contenidos audiovisuales.
- El servicio se ofrece a través de redes de comunicaciones electrónicas y está establecido en España de conformidad con el apartado 2 del artículo 3.
En resumidas cuentas, si Ibai Llanos no consigue demostrar que la aparición de las latas de Coca-Cola sin la etiqueta de "publi" fue un error involuntario, tendrá que hacer frente a una multa que podría ascender hasta los 750.000 euros, algo que, sin duda, pondría a prueba esa "buena relación" que muchos le atribuyen con el presidente del Gobierno.

