
Tal como están las cosas, me he apresurado a evitar confusiones en el mismo título de hoy. De aquí que, sin más, he precisado desde el principio a qué tipo de recursos me estoy refiriendo: terminológicamente, a los recursos procesales. Medios que el Derecho Procesal ofrece a las partes para que, la que se considere perjudicada por una decisión de quien tomó una iniciativa, pueda recurrir ante los Tribunales para obtener la justa reparación.
¿Quiere esto decir que estamos asumiendo que España y/o los españoles somos distintivamente una suerte de picapleitos, que nos sentimos felices cuando tenemos ocasión de pleitear? Personalmente, no creo que las cosas sean así, aunque lo que pueda ocurrir es que la actitud de las partes, por unas razones u otras, deriven en incumplimientos y, consecuencia de ellos, en perjuicios para las partes ofendidas, que recurrirán para su compensación.
El motivo de traer a colación estos temas es porque, siguiendo los hábitos del Gobierno en sus relaciones con terceros, no debe extrañarnos que lleguen a plantearse problemas jurídicos que haya que resolver en los Tribunales. Ya se lleva mucho dicho y escrito sobre el impago por el Estado español de la deuda –2.333 millones de euros– a las empresas de energías renovables, que tiene su origen en los recortes aplicados, con carácter retroactivo, a las ayudas del sector en la década pasada, no habiendo hecho frente, ex post, a los laudos arbitrales internacionales, en los que la parte perdedora ha sido el Estado Español. Y reconozco que es grave deambular por el mundo ofreciendo la oportunidad de ser considerado miembro de una Nación, la española, que abiertamente adopta sin regateos el triste papel que corresponde a un contumaz insolvente ante los ojos del mundo económico que nos rodea.
Más recientemente, y esta cantinela la hemos oído ya en algún tiempo pasado, se nos ha comunicado por Bruselas –es decir por la Unión Europea, de la que somos miembros, pese a todo– que se suspende la entrega de 537 millones de euros de los fondos europeos, que formaban parte de los 6.205 millones solicitados por España, de estos fondos no reembolsables, de cuya cifra Bruselas había aprobado 5.700 millones y ahora retiene la cantidad suspendida hasta que se haya completado la aprobación de todos los objetivos.
Los objetivos comprometidos para este sexto pago de los fondos europeos eran tres: a) inversiones en formación profesional bilingüe; b) servicios de teleasistencia; y c) proyectos de apoyo a grupos vulnerables, y al espíritu empresarial y las microempresas. La suspensión se produce porque, a decir de la Comisión "considera que los objetivos mencionados no se han cumplido satisfactoriamente".
En tal estado de cosas, el Gobierno, lejos de acentuar su diligencia en el cumplimiento de las obligaciones suscritas, ha tomado la decisión de que el Ministerio de Economía prepare un recurso contra la suspensión comunicada, pese a lo cual ya anticipa que esos tres objetivos se reformularán para incorporarlos en la solicitud del séptimo y último de los desembolsos.
En fin, que en el román paladino "siempre tarde, mal y nunca".
