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El socio de Urdangarín utiliza la relación de la Infanta con Nóos para exculpar a su mujer

La defensa de Diego Torres aduce en un recurso que su mujer debería ser expulsada del caso si la Infanta no está siendo investigada.

La defensa de Diego Torres, exsocio del Duque de Palma Iñaki Urdangarín al frente del Instituto Nóos, ha puesto de manifiesto en un recurso que "ni por asomo" su mujer Ana María Tejeiro formaba parte de esta entidad, por lo que si la Infanta Cristina "siendo, como lo era y es, vocal, con mayor razón habrá de expulsar" de las investigaciones sobre Nóos a la esposa de Torres, imputada en este procedimiento judicial.

Así lo ha expuesto el abogado de Torres y Tejeiro en el recurso de reforma, al que ha tenido acceso Europa Press, y que ha interpuesto contra el auto mediante el que el juez instructor del caso Palma Arena desestimaba archivar la imputación de Tejeiro.  

En su escrito, el letrado Manuel González Peeters asevera que "no consta en autos elemento alguno del que sea posible colegir que Tejeiro tomara suerte de decisión de la que extraer su incriminación" y, en esta misma línea, incide en que "en nada intervino" su patrocinada en relación con la actividad presuntamente irregular desplegada por Torres y Urdangarín cuando ambos estaban al frente de Nóos.

"El hecho de ostentar un determinado cargo en una sociedad no es de por sí suficiente y a la vez eficiente para atribuir a una persona responsabilidad alguna", insiste en un recurso de once páginas la defensa de los dos cónyuges, quienes el pasado 11 de febrero se acogieron a su derecho a no declarar cuando comparecieron ante el juez Castro en el marco de estas pesquisas.

El abogado, amparándose en las teorías de diversos juristas, defiende además que el sobreseimiento de la causa para un imputado se puede adoptar en "embrionaria fase de instrucción" si no existen indicios de criminalidad alguna, como en su opinión sucede con Tejeiro.

Y ello, prosigue, "en aras a poner fin al procedimiento contra quien eventualmente puede resultar desde un principio injustificadamente traído al mismo en condición de imputado", evitándose de esta forma "un innecesario sometimiento al proceso en si" y ahorrándole así "lo que ya el inspirador -Alonso Martínez- de nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal tildara de innecesaria estigmatización del banquillo".

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