L D (EFE)
La Sala Especial del Tribunal Supremo ha anulado 241 candidaturas electorales de las 249 impugnadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado por entender que son "continuidad operativa" de las ilegalizadas HB-EH-Batasuna, entre ellas la Plataforma AuB, considerada sucesora de las anteriores. Las ocho candidaturas que no han sido anuladas son:
-La candidatura de IRUÑAKO EZKERRAK -IZQUIERDAS DE IRUÑA (IE), en el municipio de Iruña Oka.
-La candidatura de SORALUZEKO ASKATASUN HAIZEAK (SHA), en el municipio de Soraluzel Plasencia.
-La candidatura de ARAMAKO HERRI BATZARRA , en el municipio de Arama.
-La candidatura OLABERRIKO TALDE , en el municipio de Olaberría.
-La candidatura de UNTZAILLAITZ HERRI PLATAFORMA , en el municipio de Izurtza.
-La candidatura de CANDIDATURA POPULAR-HERRI CANDIDATURA .
-La candidatura de AGRUPACION ELECTORAL BAZTARRAMENDI (AEB), en el municipio de Ergoiena, y
-La candidatura de GOIZUETA BIZIRIK (GB), en el municipio de Goizueta.
Con las dos sentencias del Supremo que responden a las dos demandas presentadas por Gobeirno y Fiscalía, no podrán concurrir a las Elecciones municipales del próximo 25 de mayo las 241 candidaturas de electores para el País Vasco y Navarra que han sido anuladas. Sí que lo podrán hacer las ocho restantes respecto de las cuales se han desestimado los recursos. Las sentencias, según el Supremo, son susceptibles de ser recurridas en amparo ante el Constitucional antes del lunes 5 de mayo, y este tribunal deberá resolver los recursos en los tres días siguientes, hasta el día 8, víspera del inicio de la campaña electoral.
-La candidatura de IRUÑAKO EZKERRAK -IZQUIERDAS DE IRUÑA (IE), en el municipio de Iruña Oka.
-La candidatura de SORALUZEKO ASKATASUN HAIZEAK (SHA), en el municipio de Soraluzel Plasencia.
-La candidatura de ARAMAKO HERRI BATZARRA , en el municipio de Arama.
-La candidatura OLABERRIKO TALDE , en el municipio de Olaberría.
-La candidatura de UNTZAILLAITZ HERRI PLATAFORMA , en el municipio de Izurtza.
-La candidatura de CANDIDATURA POPULAR-HERRI CANDIDATURA .
-La candidatura de AGRUPACION ELECTORAL BAZTARRAMENDI (AEB), en el municipio de Ergoiena, y
-La candidatura de GOIZUETA BIZIRIK (GB), en el municipio de Goizueta.
Con las dos sentencias del Supremo que responden a las dos demandas presentadas por Gobeirno y Fiscalía, no podrán concurrir a las Elecciones municipales del próximo 25 de mayo las 241 candidaturas de electores para el País Vasco y Navarra que han sido anuladas. Sí que lo podrán hacer las ocho restantes respecto de las cuales se han desestimado los recursos. Las sentencias, según el Supremo, son susceptibles de ser recurridas en amparo ante el Constitucional antes del lunes 5 de mayo, y este tribunal deberá resolver los recursos en los tres días siguientes, hasta el día 8, víspera del inicio de la campaña electoral.
