El magistrado requiere a los procesados, a excepción del presunto colaborador, que presten fianza por valor de 150.000 euros. Además, considerará a "Txeroki" en rebeldía si no comparece ante la Audiencia Nacional en un plazo de diez días.
El auto de procesamiento relata que los miembros del "grupo Ezkaurre" planearon cometer el asesinato de los ertzainas y planearon el ataque en una vivienda de Entrena (Logroño), propiedad de los padres de Otazua. Siguiendo órdenes del actual jefe de ETA y de Ainhoa Múgica, "Olga", utilizaron el coche propiedad de la madre del etarra fallecido y condujeron hasta el "Balcón de la Rioja"; donde suelen acudir excursionistas.
Una vez allí, el 14 de septiembre de 2003, esperaron a que los visitantes fueran abandonando el lugar, y cubiertos con pasamontañas, abordaron a una pareja que iba a subir en su vehículo y se identifican como miembros de ETA, ordenándoles a salir del coche. Cada uno de los excursionistas fue esposado a un árbol y abandonado en el paraje. Luego condujeron el coche hasta el punto kilométrico 32,600 de la carretera que daba acceso al lugar. Gainza se escondió en el bosque y los otros dos terroristas llaman a la Central de emergencias SOS Logroño, indicando que habían tenido un accidente y el vehículo obstruía la calzada. Al lugar llegó una patrulla de la Ertzaina, contra quienes los terroristas abrieron fuego con una escopeta de cañones recortados y dos pistolas de calibre de 9 milímetros.
Los agentes repelieron el ataque utilizando sus armas reglamentarias, aunque resultaron heridos tras el intercambio de disparos antes de que los terroristas huyeran. Uno de los disparos alcanzó a Otazua, cuyo cadáver apareció a unos 40 metros de distancia del lugar de los hechos. En el registro efectuado en el domicilio de Entrena se encontró un croquis hecho a mano que fue utilizado por los terroristas para preparar la emboscada, así como munición y una caja de Diazepán. A De Damborenea se le acusa de ayudar a Otazua a llevar alimentos a este piso para los terroristas, "conociendo la integración de su amigo, y del resto de personas (...) en la organización terrorista ETA".
Según el juez, "la distintas investigaciones policiales llevadas a cabo, con especial importancia las periciales que obran en las actuaciones, y las declaraciones de los propios imputados, constituyen suficientes indicios como para proceder contra los anteriormente mencionados" e imputarles la comisión de los hechos descritos.
