Menú
Emilio Campmany

De polvos y lodos

Pasa con mucha frecuencia que el Tribunal Constitucional, por complacer al Gobierno de turno, normalmente socialista, declara constitucional algo que no lo es.

Pasa con mucha frecuencia que el Tribunal Constitucional, por complacer al Gobierno de turno, normalmente socialista, declara constitucional algo que no lo es.
Sede del CGPJ | Europa Press

El PSOE de Sánchez sigue erre que erre en su idea de cambiar la ley para poder sustituir a los doce vocales jueces del Consejo General del Poder Judicial sin tener que contar con el PP. Para lo cual pretende sustituir la mayoría de tres quintos actualmente necesaria por la de una mera mayoría absoluta que podría fácilmente reunir con los partidos que le invistieron presidente. Hay quien dice que tal reforma sería inconstitucional. Y tienen razón, pero hay que aclararlo porque no es del todo cierto. Lo que ya era inconstitucional es la reforma de 1985 perpetrada por el ínclito Felipe González, que hoy se erige como valladar del constitucionalismo, lo que da una idea de lo mal que estamos. Es como si Madame Claude se quejara del deterioro de las buenas costumbres.

La ley de 1980 estableció conforme a la Constitución un sistema para que los jueces eligieran a sus doce representantes del Consejo General del Poder Judicial. Tal método impedía a los socialistas controlar los nombramientos de la cúpula judicial que tendría que juzgar los muchos desafueros que ya habían empezado a consumar. Así que aprovechó que la Constitución decía que el Consejo estará integrado por veinte miembros y que, “de éstos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales en los términos que establezca la ley orgánica”, para en 1985 cambiar la ley y que fueran elegidos como los otros ocho, por el Legislativo con la misma mayoría de tres quintos.

La primitiva redacción del artículo preveía que los vocales elegidos de entre los jueces y magistrados lo fueran a propuesta de sus compañeros. Incluso, durante los trabajos, se llegó a decir expresamente que fueran elegidos democráticamente por los miembros de las distintas carreras judiciales. Al final el artículo quedó como quedó, pero siempre se dio por hecho que los doce serían elegidos por los propios jueces. El Tribunal Constitucional se atuvo en 1986 a la literalidad del artículo y dio por bueno el golpe del PSOE. Al hacerlo, prescindió de la voluntad del constitucionalista, evidente en los trabajos parlamentarios. Tampoco tuvo en cuenta lo absurdo que era concluir que la Constitución fuera tan estricta con el modo de elección de los ocho juristas y tan laxa con la de los doce magistrados. Además, si el constitucionalista hubiera querido efectivamente dejar a la ley la determinación del modo de elección de esos doce vocales, lo habría dicho mucho más claramente, y no es imaginable que quisiera que fuera constitucional cualquier sistema, como el sorteo o la decisión arbitraria del Gobierno, con tal de que el legislador ordinario lo aprobara mediante ley orgánica.

Pasa con mucha frecuencia que el Tribunal Constitucional, por complacer al Gobierno de turno, normalmente socialista, declara constitucional algo que no lo es porque en ese momento parece inofensivo o conveniente. Luego resulta que, como ocurre hoy, lo que hace es constitucionalizar futuros atropellos. Con la Ley de Violencia de Género pasará lo mismo. Si el tribunal dice hoy que una discriminación por razón del sexo es constitucional, podrán serlo mañana cualquier otra que el legislador quiera, por razón de la raza, la religión o la opinión. Con lo de la opinión ya han empezado. Los polvos suelen con el tiempo traer lodos.

Temas

En España

    0
    comentarios