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ECONOMÍA

Horarios comerciales

En el debate sobre los horarios comerciales encontramos, de un lado, a quienes abogan por la libertad total y, del otro, a quienes piden que el Estado regule el tiempo que puede abrir cada establecimiento.

En el debate sobre los horarios comerciales encontramos, de un lado, a quienes abogan por la libertad total y, del otro, a quienes piden que el Estado regule el tiempo que puede abrir cada establecimiento.
Los que defienden las restricciones aducen la indefensión de los pequeños comercios frente a las denominadas "grandes superficies". Según su criterio, aquéllos acabarán por desaparecer si éstas no se ven sometidas a restricciones. Así las cosas, consideran necesario que la Administración regule los horarios de tal manera que los comercios no estén abiertos mucho más allá de la conclusión de la jornada de trabajo habitual. De hecho, van aún más lejos: piden que sólo puedan abrir ciertas horas y ciertos días (generalmente, demandan que no abran los domingos ni en determinadas festividades).
 
Por su parte, los partidarios de la libertad total de horarios consideran que ésta beneficia al consumidor, pues le permite comprar en el momento que mejor le venga. Por ejemplo, puede hacerlo sin agobios después de concluir su jornada laboral.
 
La restricción no deja de ser una medida arcaica totalmente ineficaz en los tiempos que corren, en que las ventas a distancia y por internet cobran fuerza cada día que pasa. Asimismo, fuerza a compradores y vendedores a realizar sus operaciones en el momento que juzga oportuno el legislador, lo cual no deja de ser una traba considerable a la libertad individual.
 
Si se quiere proteger al pequeño comerciante, habría que preguntarse los motivos por los que se considera necesaria tal medida. En una situación de libertad de horarios, el pequeño comerciante podría desenvolverse con más flexibilidad –no olvidemos que la mayoría de las tiendas pequeñas son familiares–. Por otro lado, su cercanía al cliente le otorga una mayor velocidad de respuesta frente a las exigencias y cambios de gusto de éste.
 
Ahora bien, es cierto que los pequeños comerciantes han de hacer frente a unos inconvenientes de índole legal desconocidos o muchos menos importantes para las grandes compañías. Pensemos, por ejemplo, en la contratación de personal. A una gran superficie no le plantea demasiados problemas aumentar su plantilla en un 10%. Dado su volumen de trabajadores, tal incremento podría solventarlo mediante contrataciones a jornada completa. A un comercio pequeño, en cambio, tal operación le llevaría a recurrir a personal que trabajase a tiempo parcial. E incurriría en costes mayores que los que habría de acometer la gran empresa, pues la legislación laboral penaliza la contratación a tiempo parcial. Así, vemos que si el pequeño comercio desea incrementar su plantilla para permanecer abierto un mayor número de horas se encontrará con una desventaja competitiva originada en la legislación.
 
Barreras como ésta hay en otras muchas áreas. A una compañía de gran tamaño, el sortearlas no le supone un gran esfuerzo, dado que se puede permitir contratar un departamento legal para que se encargue de ello. El pequeño comercio, en cambio, no puede, lo cual redunda negativamente en su capacidad competitiva.
 
La promoción del pequeño comercio no pasa por limitar la competencia –lo cual siempre beneficia a quienes ya están establecidos en el mercado–, sino por permitirle emplear sus principales ventajas comparativas: la flexibilidad y la capacidad de adaptación a las necesidades del cliente, sin que tenga que hacer frente a cortapisas legales. De esta manera podrá competir con todas sus armas sin atentar contra la libertad de compradores y vendedores.
 
 
© AIPE
 
JUAN JOSÉ MORA VILLALÓN, miembro del Instituto Juan de Mariana.
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