
Durante el verano, los trayectos largos en coche pueden hacerse realmente pesados debido principalmente al calor. Esto puede provocar que, tanto el conductor como el resto de los pasajeros, busquen métodos para refrescarse o aumentar su comodidad. Entre ellos, pueden destacar sacar el codo por la ventanilla mientras se conduce o extender los pies sobre el salpicadero en el asiento del copiloto. No obstante, ambos pueden ser considerados como infracción y suponer una sanción económica.
Sacar el codo por la ventanilla
Según afirma la Dirección General de Tráfico (DGT), esta acción no supone una infracción por sí misma, pero puede llegar a ser considerada como tal si pone en peligro la seguridad de la vía. Observando el Reglamento General de Circulación, existen tres leyes que pueden relacionarse con este tipo de acciones y, en caso de ser incumplidas, sí podrían ser consideradas como infracción.
- Artículo 18.1: señala que el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción; así como cuidar la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados.
- Artículo 17.1: establece que los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos.
- Artículo 3.1: hace referencia a la forma de conducción, que debe hacerse con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno; y prohíbe terminantemente conducir de modo negligente o temerario.
En caso de que un agente de tráfico considere que, al tener el codo fuera del vehículo mientras se conduce, se está imposibilitando el cumplimiento de alguna de estas leyes, se podrá sancionar esta acción. Dependiendo de cada caso concreto y del criterio del agente, esta infracción puede ser considerada como leve o grave y conllevar una sanción económica de entre 80 y 200 euros.
Además del componente económico de la multa, el mayor riesgo de sacar los codos fueras del coche es físico. En caso de roce o impacto lateral, el conductor se expone a sufrir graves daños en su extremidad o incluso amputaciones. Por ello, es recomendable evitar esta práctica.
El riesgo de poner los pies en el salpicadero
En relación con lo anterior, otra práctica que muchos desconocen que puede ser motivo de sanción es apoyar los pies en el salpicadero del coche, precisamente también por el riesgo físico que conlleva.
En caso de siniestro, ¿sabes qué ocurre si viajas con los pies en el salpicadero? Resta eficacia al #cinturón.
Es posible que el pasajero se deslice por el 'efecto submarino'. Y si salta el #airbag, puede causar lesiones en piernas y articulaciones.
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— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) June 3, 2023
Según explican desde la DGT, esta posición resta eficacia al cinturón de seguridad e, incluso, debido al conocido como "efecto submarino", el pasajero podría deslizarse por debajo del cinturón y golpeándose con el propio salpicadero. Además, en caso de accidente, el airbag puede causar graves lesiones en las piernas y articulaciones. Por ello, esta práctica puede suponer sanciones de hasta 100 euros, sin pérdida de puntos.


