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La Justicia concede una pensión vitalicia a un trabajador porque sus problemas con las drogas derivaron en esquizofrenia

Consumía cannabis, éxtasis y ácidos. Ahora cobrará 904 euros al mes.

Consumía cannabis, éxtasis y ácidos. Ahora cobrará 904 euros al mes.
Una persona fumando | Cordon Press

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha confirmado el derecho de un trabajador a percibir una pensión de incapacidad permanente absoluta por sus problemas con el alcohol y con la droga que derivaron en una esquizofrenia. El trabajador recibirá ahora una pensión vitalicia de 904,7 euros mensuales, equivalente al 100 % de su base reguladora.

El hombre, que trabajaba en una gasolinera, estaba en tratamiento desde 2001 y había sido ingresado en varias ocasiones en unidades psiquiátricas diagnosticado con esquizofrenia paranoide crónica. En 2023, tras una nueva crisis, el Instituto Nacional de la Seguridad Social denegó su solicitud de incapacidad permanente, considerando que su dolencia no justificaba una pensión. Sin embargo, el Juzgado de lo Social nº 2 de Gijón estimó su demanda en noviembre de 2024, y ahora el alto tribunal asturiano ha confirmado aquella resolución.

Cannabis, éxtasis y ácidos

En la sentencia se expone que el trabajador consumía alcohol y drogas como cannabis, éxtasis o ácidos que le "impedían someterse a una disciplina reglada". Por ello, sufría "interpretaciones delirantes autorreferenciales, síntomas negativos de aislamiento, dificultad y falta de interés social, pérdida de objetivos, enlentecimiento del curso del pensamiento y vulnerabilidad a situaciones de estrés".

El Tribunal Superior de Justicia asturiano rechaza todos los argumentos esgrimidos por la Seguridad Social para denegarle la pensión vitalicia y explica que toma esta decisión porque el hombre "presenta un cuadro suficientemente limitante para producir un claro impedimento para el desarrollo de cualesquiera tareas profesionales, pues no podría ejercerlas salvaguardando unos mínimos de eficacia, seguridad, rendimiento y diligencia". La sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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