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Más castigo para las web de enlaces que para la prostitución infantil

El Gobierno del PP considera que hay que equipararlo penalmente a los robos de verdad, pero pone penas mayores incluso que para el robo con violencia.

La reforma del Código Penal en materia de propiedad intelectual se establece que los propietarios de las páginas en internet que permitan obtener listados de enlaces para acceder a obras protegidas por derechos de autor podrán ser castigados con penas de hasta seis años de prisión. Al no disponer aún del texto legal, resulta difícil saber cuál será el resultado real de la propuesta, pero Gallardón ha querido dejar clara la intención: que los administradores de dichos sitios web vayan a la cárcel, y durante mucho tiempo.

El ministro de Justicia ha asegurado en Consejo de Ministros que el Código Penal contemplará la existencia de delito en materia de propiedad intelectual cuando exista tanto un ánimo de beneficio económico "ya sea directo o indirecto" como un perjuicio para terceros. La idea del Gobierno es excluir a los buscadores "neutrales" –léase Google–, los usuarios o los creadores de programas P2P como eMule o Torrent. Sin embargo, la idea del lucro indirecto podría abrir la puerta a condenar incluso a las web que ni cobran ni tienen publicidad, pero facilitan que no se compre el producto original.

Pena desproporcionada

Lo más escandaloso, en todo caso, es la pena: hasta seis años de cárcel. El Gobierno asegura que la reforma se debe a la "desproporción" que existía al comparar estos delitos con otros que también atentan contra la propiedad. Sin embargo, el hurto se pena con un máximo de tres años y el robo con cinco años, cifras en ambos casos menores. Un homicidio imprudente, como pueda ser el caso del Madrid Arena o un atropello, se condena con una pena de uno a cuatro años.

Si entramos en delitos de naturaleza sexual, el contraste también sorprende. El acoso sexual se pena con prisión de tres a cinco meses, el abuso se condena de uno a tres años de cárcel y la agresión sexual entre uno y cinco años. La trata de blancas se castiga de dos a cuatro años y si se trata de prostitución infantil, de uno a cinco años. Quien grabe, produzca o venda pornografía infantil es castigado con uno a cinco años de cárcel, pena que se reduce en caso de mera posesión, que es de tres meses a un año. ¿Alguien puede mantener seriamente que todos estos delitos son más leves que la administración de un sitio web de enlaces?

La Coalición de Creadores aplaude

Los representantes de artistas e industria sí, claro. La Coalición de Creadores lo considera "una clarificación muy relevante por cuanto supone la consideración de los delitos previstos en el precepto como graves" y que otros delitos contra el patrimonio "reciben penas similares y los delitos contra la propiedad intelectual provocan, más allá de los daños a todo un sector creativo, una lesión al patrimonio cultural e intelectual innegable". Ha valorado la reforma como "un mensaje de esperanza" y "un avance positivo hacia la imprescindible y urgente mejora de la tutela penal de la propiedad intelectual". Sólo un avance. Vamos, que quieren más.

Según el lobby, en 2012 tuvieron lugar en España 2.118 millones de descargas ilegales de música, 536,2 millones de películas, 226,9 millones de libros y 168,2 millones de videojuegos. Esta organización engloba, entre otras entidades, a la Sociedad de Artistas Intérpretes Ejecutantes de España (AIE), la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (Egeda), la Federación de Distribuidores Cinematográficos (FedicineE), los Productores de Música de España (PROMUSICAE) y la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).

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