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Nuevos derechos para los consumidores

El plazo para devolver las compras por internet se amplía de 7 a 14 días

La nueva norma regula también la contratación telefónica de bienes y servicios.

La nueva norma regula también la contratación telefónica de bienes y servicios.

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el proyecto de Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que refuerza la protección de los ciudadanos en transacciones de comercio electrónico y que, entre otras novedades, amplía el plazo de las devoluciones de siete días a catorce.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ha explicado que con el proyecto se atienden las demandas de un sector en auge y se profundiza en la protección de los derechos de los consumidores.

El proyecto, que incorpora una directiva europea, dota a los usuarios de nuevos derechos en cuanto a plazos de entrega, desestimiento y riesgo de pérdida o deterioro del producto adquirido, ha dicho Mato. El objetivo principal es reforzar la seguridad jurídica, tanto de los consumidores como del empresario que formalizan transacciones a distancia y, para ello, introduce medidas encaminadas a reducir la desigualdad de posiciones entre ambas partes, evitando situaciones de desprotección de los compradores.

Amplía la información precontractual que, por ley, habrá que facilitar a los consumidores y usuarios, en general y, en particular, cuando formalicen contratos a distancia. Tendrá que ser clara y comprensible. "Se trata de eliminar la letra pequeña", ha dicho Mato.

La nueva normativa, que inicia ahora su tramitación parlamentaria, establece que el plazo de catorce días para devolver una compra queda automáticamente ampliado a 12 meses en caso de que no se hubiera informado al consumidor de que puede ejercer ese derecho. Otra de las novedades del proyecto son las medidas encaminadas a evitar las "cargas encubiertas".

Así, el empresario tendrá que velar porque el consumidor, al realizar un pedido a través de internet, confirme que es consciente de que éste implica una obligación de pago. De este modo, el usuario siempre tendrá que aceptar el precio final antes de que concluya la transacción. Si el empresario no obtiene el consentimiento expreso del consumidor para un pago adicional al acordado y, en su lugar, lo deduce utilizando opciones por defecto, el usuario tendrá derecho al reembolso del pago.

En cuanto a los cargos adicionales que pueden derivarse de los contratos formalizados a distancia, el proyecto establece nuevas reglas. Por ejemplo, en el caso de que el empresario decida habilitar una línea telefónica para comunicarse con sus clientes en relación al contrato, el uso de esta línea no podrá suponer un coste superior al de la tarifa básica.

Además, no podrán facturar al consumidor cargos por el uso de determinados medios de pago que superen el coste al que tienen que hacer frente ellos por el uso de los mismos. La ministra ha señalado que la nueva norma regula también la contratación telefónica de bienes y servicios y propone un sistema que proteja a los consumidores y usuarios y que, al mismo tiempo, no supone cargas excesivas para los empresarios.

Se trata de un modelo consensuado entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través del Instituto Nacional de Consumo, y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, informa Efe. En los casos en los que la empresa sea la que se ponga en contacto telefónico con el usuario para formalizar un contrato, deberá confirmar la oferta por escrito o, salvo oposición expresa del consumidor, en un soporte duradero.

La oferta no será vinculante hasta que el consumidor haya firmado la oferta, o enviado su acuerdo por escrito ya sea en papel, por fax, correo electrónico o por un mensaje de SMS.

De este modo, se asegura que el consumidor es plenamente consciente de lo que está aceptando al garantizarse adecuadamente que recibe la información precontractual obligatoria, algo que no es posible si el proceso completo se lleva a cabo en una única conversación telefónica.

Con la nueva normativa, ha dicho Mato, los españoles podrán recurrir al comercio electrónico y a los contratos a distancia fuera de los establecimiento con mayor confianza, seguridad y garantías. También será positivo para las empresas, porque una mayor garantía de los derechos de los consumidores impulsará la utilización de las nuevas tecnologías como medio seguro para contratar bienes y servicios por esta vía, ha dicho.

La ministra ha destacado el auge del comercio electrónico, que ha facturado solo en un trimestre 2.700 millones de euros en 36,8 millones de operaciones. "Es un mercado que crece y previsiblemente seguirá creciendo", ha dicho Mato, quien ha incidido en la importancia de establecer un marco normativo claro que de protección al consumidor.

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