L D (EFE)
Según un comunicado de la Fundación Gala-Salvador Dalí, la sentencia, fechada el 15 de marzo y notificada este martes a las partes, declara "plena y válidamente extinguidos" los derechos de Robert Descharnes, quien había iniciado la demanda judicial y que ha sido condenado además a asumir los costes del procedimiento judicial.
Según la Fundación Dalí, con sede en Figueres (Girona), "esta sentencia representa un fracaso rotundo de las pretensiones de Descharnes y refuerza los derechos del Estado español como heredero universal del pintor ampurdanés y los de la Fundación como gestora de estos derechos por encargo expreso del Estado". El presidente de esta Fundación, Ramon Boixadós, ha mostrado su satisfacción por la sentencia y "por el reconocimiento internacional que representará ante los intentos de crear confusión en este campo por parte de Descharnes".
Esta sentencia se suma a la que hace unos días emitió la Audiencia Nacional, en la que condenaba a la sociedad Demart Pro Arte a pagar 31 millones de pesetas de indemnización a la Fundación Gala-Dalí. La indemnización impuesta por la Audiencia Nacional a Demart corresponde "a los perjuicios derivados de la suspensión de la orden ministerial que otorgó a la Fundación la gestión y administración de los derechos de propiedad intelectual derivados de la obra artística de Salvador Dalí". Esta suspensión, que se hizo efectiva entre junio de 1996 y junio de 1997, fue instada por Demart en un recurso administrativo que presentó contra la mencionada orden y que fue primero rechazado por la Audiencia Nacional y después por el Tribunal Supremo.
Desde la muerte de Dalí, Robert Descharnes pleitea contra la Fundación amparándose en un documento que Dalí firmó en 1986 con esta sociedad, con sede en Amsterdam, un contrato de "cesión temporal de derechos de autor" que vence en el año 2004. Sin embargo, Dalí instituyó al Estado español como heredero universal de todos sus bienes, derechos y creaciones artísticas, y después de su fallecimiento en 1989 el Gobierno confirió al Ministerio de Cultura en 1995 la administración y explotación de dichos derechos de imagen de Dalí, que este departamento cedió a la Fundación Gala-Dalí.
Según la Fundación Dalí, con sede en Figueres (Girona), "esta sentencia representa un fracaso rotundo de las pretensiones de Descharnes y refuerza los derechos del Estado español como heredero universal del pintor ampurdanés y los de la Fundación como gestora de estos derechos por encargo expreso del Estado". El presidente de esta Fundación, Ramon Boixadós, ha mostrado su satisfacción por la sentencia y "por el reconocimiento internacional que representará ante los intentos de crear confusión en este campo por parte de Descharnes".
Esta sentencia se suma a la que hace unos días emitió la Audiencia Nacional, en la que condenaba a la sociedad Demart Pro Arte a pagar 31 millones de pesetas de indemnización a la Fundación Gala-Dalí. La indemnización impuesta por la Audiencia Nacional a Demart corresponde "a los perjuicios derivados de la suspensión de la orden ministerial que otorgó a la Fundación la gestión y administración de los derechos de propiedad intelectual derivados de la obra artística de Salvador Dalí". Esta suspensión, que se hizo efectiva entre junio de 1996 y junio de 1997, fue instada por Demart en un recurso administrativo que presentó contra la mencionada orden y que fue primero rechazado por la Audiencia Nacional y después por el Tribunal Supremo.
Desde la muerte de Dalí, Robert Descharnes pleitea contra la Fundación amparándose en un documento que Dalí firmó en 1986 con esta sociedad, con sede en Amsterdam, un contrato de "cesión temporal de derechos de autor" que vence en el año 2004. Sin embargo, Dalí instituyó al Estado español como heredero universal de todos sus bienes, derechos y creaciones artísticas, y después de su fallecimiento en 1989 el Gobierno confirió al Ministerio de Cultura en 1995 la administración y explotación de dichos derechos de imagen de Dalí, que este departamento cedió a la Fundación Gala-Dalí.