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Un juez impide ceder los datos del padrón de Cabrils a la Generalidad

El magistrado considera que la cesión de datos al gobierno catalán no está prevista en una norma con categoría del ley.

El Juzgado Contencioso 2 de Barcelona ha anulado el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Cabrils (Barcelona) en el que se aprobaba la cesión de los datos del padrón municipal a la Generalidad para la celebración de una consulta sobre la independencia de Cataluña.

En la sentencia, recogida por Europa Press, el juez considera que la cesión de datos a la Generalidad, cuando ésta lo reclame para la consulta, no está prevista por una norma con categoría de ley, requisito que exige la Ley Orgánica de Protección de Datos para la cesión de datos entre administraciones sin autorización del interesado.

El juzgado ha estimado el recurso presentado por un vecino de Cabrils porque considera que, al ceder los datos del padrón, sin que esa posibilidad venga prevista por una norma con rango de ley, "vulnera el derecho de los vecinos del municipio a la protección de datos, y en consecuencia, es un acto nulo de pleno derecho".

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