Menú

Castro no deja a Urdangarin destinar parte de la venta de Pedralbes al fisco

El duque de Palma había recurrido el auto del Juez Castro para poder pagar lo que debe a Hacienda con los ingresos del palacete de Pedralbes.

El duque de Palma había recurrido el auto del Juez Castro para poder pagar lo que debe a Hacienda con los ingresos del palacete de Pedralbes.

El juez de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, ha desestimado el recurso que interpuso la defensa de Iñaki Urdangarin pidiendo que se le permitiera destinar parte de la venta de su chalé de Pedralbes a abonar 253.705 euros que debe a Hacienda por la liquidación tributaria pendiente de 2009.

En un auto dictado este martes, Castro ha rechazado el recurso de Urdangarin y señala que la deuda con Hacienda que pretende pagar no deriva de la supuesta comisión de ningún delito que se siga en el caso Nóos.

El magistrado indica que el embargo que pesa sobre la mitad de la vivienda que los duques de Palma quieren vender en el marco del caso Nóos no tiene la finalidad de garantizar la deuda que pretende abonar Urdangarin.

Urdangarin recurrió la decisión del juez de autorizar la venta de la vivienda conocida como palacete de Pedralbes a cambio de que los duques de Palma se comprometieran formalmente a destinar los 2,3 millones de euros que les reportará la operación a pagar parte de las fianzas que pesan sobre ellos como acusados en el caso Nóos.

Hacienda mueve ficha

Los duques de Palma sostenían que tras la venta les quedarían 1,6 millones de euros para abonar parte de sus fianzas porque tenían que destinar la gran mayoría del precio pactado con el comprador a pagar la hipoteca restante, otro préstamo bancario, gastos de la operación y una deuda fiscal.

Por otro lado, la Agencia Tributaria (AEAT), personada como acusación particular a través de la Abogacía del Estado, ha presentado un escrito ante el juez para que exija a los Duques de Palma que acrediten el ingreso a Hacienda del 3 por ciento de los fondos que obtengan con la venta del palacete de Pedralbes, retención obligatoria cuando el comprador no es residente de España.

En su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la abogada del Estado se ampara así en la Ley del Impuesto sobre No Residentes, según la cual quienes transmiten bienes inmuebles situados en el país a "no residentes sin establecimiento permanente están obligados a retener e ingresar el porcentaje fijado legalmente del 3 por ciento sobre la contraprestación acordada".

La Ley establece que la persona que adquiere el inmueble está obligada a retener e ingresar en el Tesoro Público el 3 por ciento de la contraprestación acordada, una retención que para el vendedor tiene el carácter de pago a cuenta del impuesto que corresponda por la ganancia (modelo 211).

Temas

En España

    0
    comentarios