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Cinco presos etarras piden al Supremo las rebajas del nuevo Código Penal

Sus abogados han presentado cinco recursos para disfrutar de atenuantes a terroristas sin delitos de sangre.

Sus abogados han presentado cinco recursos para disfrutar de atenuantes a terroristas sin delitos de sangre.
Tribunal Supermo | Archivo

Ya han comenzado los movimientos en el Tribunal Supremo para que decenas de etarras presos salgan de la cárcel antes de tiempo. Según fuentes judiciales, varios abogados de la banda han presentado cinco recursos en los que reclaman para sus clientes la aplicación del nuevo Código Penal. Se refieren concretamente a la recién estrenada redacción del artículo 579 bis 4, que prevé atenuantes en uno o dos grados de la pena cuando el hecho cometido sea "de menor gravedad", es decir, para terroristas sin delitos de sangre.

Libertad Digital informó a finales de abril de que la Audiencia Nacional tenía previsto llevar a pleno la discusión sobre si aplicar o no este atenuante a los presos de ETA. Dos Secciones de la Sala de lo Penal han rechazado ya la rebaja al entender que no se puede aplicar la modificación legal de forma retroactiva. Es el Tribunal Supremo quien debe decidir ahora si admite a trámite o no las solicitudes.

Resquicios normativos

El último texto del Código Penal -que entró en vigor el pasado 1 de julio- incluye una redacción en el artículo 579 bis 4 que permite la revisión de sentencias firmes para aplicar una reducción de las penas en uno o dos grados. Un enunciado que podría permitir, dejando a un lado la literalidad, que un buen número de terroristas de ETA salgan de prisión antes de tiempo. Una rebaja de la sentencia, en los términos que establece el nuevo marco legislativo, podría suponer la puesta en libertad de varios de los 293 integrantes y colaboradores de ETA que permanecen en distintas prisiones de España.

Por su parte, la Fiscalía de la Audiencia Nacional dirigida por Javier Zaragoza se ha opuesto a la rebaja de las penas a tenor del reglamento modificado porque "no se puede aplicar el subtipo atenuado" en los casos relativos a presos de ETA.

Fallos dispares

Dos tribunales de la Audiencia Nacional han aplicado ya de forma directa este artículo. Primero lo hicieron en el caso de los 35 miembros de la reconstruida Batasuna, el Partido Comunista de las Tierras Vascas y Acción Nacionalista Vasca el pasado 13 de enero, después de que los acusados admitieran el "daño causado" a las víctimas y pidieran perdón. Hace unas semanas, cinco miembros de Ekin emularon a los integrantes del partido ilegalizado y aceptaron dos años de cárcel tras renunciar al uso de la violencia.

Sin embargo, algunos de los jueces de la Sala de lo Penal consideran que lo más sensato es esperar a que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre esta cuestión y siente la jurisprudencia que marque la línea de actuación al resto de los órganos jurisdiccionales.

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