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El TSJV paraliza el decreto del "chantaje lingüístico" de Compromís

Además, da dos días a la Generalidad valenciana para que presente alegaciones a la denuncia contra sus políticas de supresión de conciertos.

Además, da dos días a la Generalidad valenciana para que presente alegaciones a la denuncia contra sus políticas de supresión de conciertos.
Escolares valencianos con banderas catalanas | PV

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha suspendido cautelarmente el decreto de la Generalidad sobre plurilingüismo en la enseñanza no universitaria y acepta, de esta forma, la petición que había realizado la Diputación de Alicante en el recurso que interpuso contra esta norma al considerar que "discrimina" a parte del alumnado.

La sección cuarta de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJCV explica, en un auto fechado el 23 de mayo, que accede a la medida cautelar del decreto -cuya aplicación práctica está prevista a partir del próximo curso escolar 2017-18- al resultar "evidente que, de no suspenderse hasta que recaiga sentencia, un gran número de alumnos podrían ver sus derechos disminuidos en relación a la acreditación de idiomas". En este sentido, que es la base argumental de la medida cautelar solicitada, aprecia que, pese a lo que alega el letrado de la Generalidad, "existe una diferencia entre las acreditaciones de los idiomas en los niveles básico, intermedio y avanzado".

La sala hace una mención especial al hecho de que sea la Diputación de Alicante la recurrente. "No se trata de un particular o asociación de padres de alumnos sino de una administración pública. No es frecuente que una administración tome la iniciativa en defensa de sus ciudadanos frente a lo que considera una disposición general contraria a derecho. Por ello, la sala tiene en consideración esta circunstancia y aprecia que, si bien se presume el interés público en la administración de la Generalitat Valenciana demandada y en el decreto recurrido, no debe olvidarse que también es defensora de ese interés público la administración alicantina recurrente", razona.

Por tanto, considera que "debe prevalecer en este momento procesal y sin perjuicio de lo que se resuelva en su día en la sentencia el interés, también público, que defiende la Diputación Provincial de Alicante".

Sólo a la medida cautelar

El alto tribunal valenciano también advierte que esta resolución –que no es firme y contra la que cabe recurso en el plazo de cinco días– "se refiere única y exclusivamente a la medida cautelar, no al fondo del recurso, y en absoluto se prejuzga nada de lo que pueda resolverse en su día la sentencia que se dicte, tras los trámites correspondientes de alegaciones y prueba".

La Diputación de Alicante interpuso un recurso contra el decreto de plurilingüismo al considerar que la norma "discrimina gravemente" a parte del alumnado y vulnera la Ley de Enseñanza de Valencia (LUEV). La corporación provincial argumenta que el decreto impulsado por la consejería de Educación resulta contrario a derecho y vulnera dicha ley "al obviar las zonas de exención" que expresamente incluye esa ley.

También omite el deber de "evitar cualquier discriminación por motivo lingüístico" por lo que "vulnera" los artículos 14 y 9.2 de la Constitución al "discriminar gravemente" a los alumnos escolarizados predominantemente en castellano –nivel básico– al impartir menos inglés y no acreditarlo frente a los que lo hacen mayoritariamente en valenciano.

No se trata de crear una "policía lingüística"

Mientras, el consejero de Educación, Vicent Marzà, (Compromìs) ha defendido este miércoles ante el pleno de las Cortes valencianas la necesidad de crear una oficina de derechos lingüísticos para detectar situaciones de discriminación e impulsar la normalización del uso del valenciano y ha asegurado que no se trata de conformar"ningún comisariado o policía lingüística". "No le vamos a decir a nadie qué lengua hablar en su casa, no lo pone en ningún sitio ni lo pondrá", ha asegurado.

Así se ha pronunciado Marzà durante su comparecencia, solicitada por el grupo popular y Ciudadanos, para explicar el borrador del decreto que regula esta nueva oficina, que nace con la pretensión de ser útil para la ciudadanía y no con la de "dividir" a valencianoparlantes y castellanoparlantes. "No es una excentricidad; es fruto, desgraciadamente, de una necesidad", ha subrayado el consejero.

Según ha lamentado, esa cooficialidad legal "no se corresponde en absoluto con la realidad" porque los valencianoparlantes padecen situaciones de desigualdad e incluso discriminación -ha relatado algunos ejemplos- como lo advierte el propio Consejo de Europa en su último informe, que recomienda al Gobierno "una cosa tan radical como que haya competencia lingüística en la administración pública".

De esa situación de inferioridad del valenciano, ha proseguido Marzà, nace la necesidad de esta oficina, que ejercerá un papel de mediación entre las administraciones, empresas y ciudadanía y que no tiene vocación punitiva. Así, atenderá reclamaciones relacionadas con la vulneración de derechos lingüísticos, consultas sobre los mismos y contribuirá a sensibilizar sobre esos derechos y a establecer colaboración entre instituciones para asegurar el respeto de las lenguas.

A la lengua castellano "la quiero"

Ha criticado que haya quienes –dirigiéndose al PP– no vean necesaria su llegada, pero ha mostrado su esperanza en que, como ocurrió en el caso del divorcio o el matrimonio homosexual, ante los que se opusieron pero ahora hacen uso, con el tiempo también cambien de parecer. Marzà ha afirmado también que no va a tolerar que "absolutamente nadie vuelva a insinuar" que discrimina al castellano y que no le gusta: "Es la lengua de mis abuelos y también es la mía, es recurrente ese mensaje y llega, incluso, a doler. La quiero tanto como otras lenguas que hablo, eso que quede bien claro". No obstante, ha incidido en que quienes sufren la discriminación son quienes utilizan la lengua minorizada, el valenciano, por lo que es a esta a la que se concede especial protección.

Además, ha pedido al PP que no recurra "siempre al mismo argumento" de la vulneración de derechos del castellano; con esta oficina "no se acaba el mundo", y también les ha recriminado: "Prefieren que seamos valencianocallantes".

Los conciertos educativos

Por otro lado, el TSJCV ha desestimado la suspensión cautelarísima –es decir, por la vía de urgencia y sin escuchar a la Generalidad–, de la renovación de conciertos educativos para el próximo curso solicitada por dos centros valencianos.

El tribunal tramita la petición como medida cautelar, y antes de resolver si suspende provisionalmente o no, da dos días a la consejería de Educación para que formule alegaciones a la petición de los colegios, la Fundación Institución Cultural Domus, en la localidad de Godella, y el Centro Integrado La Purísima-Franciscanas, ubicado en Valencia, informa el alto tribunal valenciano en un comunicado.

La sala considera que "es obvio que no concurren razones de especial urgencia para resolver sobre la medida cautelar instada" sin escuchar a la otra parte.

En este sentido, el tribunal hace notar que el decreto tiene fecha de publicación de 30 de marzo de 2017, y si la parte consideraba desestimada su petición desde el 15 de abril de 2017, "podía haber hecho valer su pretensión desde tal fecha".

Por otro lado, según constata en las dos resoluciones, "atendiendo a los plazos de matriculación que se establecen en el anexo II, y siendo este plazo superior, venciendo el 31 de mayo de 2017, y no el 29 como la parte indica, en cualquier caso existe tiempo suficiente para considerar, como antes se ha expuesto, que no concurren razones de urgencia, ya que existe plazo suficiente para dar traslado a la contraparte, pues el precepto indicado señala que el plazo no excederá de 10 días, considerando pertinente en este caso, otorgar el plazo de dos audiencias para oír a la misma".

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