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Urdangarin pide la libertad provisional mientras el Supremo revisa si vulneraron sus derechos

El marido de la infanta Cristina recurre en amparo al Constitucional la condena a 5 años y diez meses de prisión por el caso Nóos.

El marido de la infanta Cristina recurre en amparo al Constitucional la condena a 5 años y diez meses de prisión por el caso Nóos.
Iñaki Urdangarín | Cordon Press

Iñaki Urdangarin utilizará la última vía que ofrece la jurisdicción española. El marido de la infanta Cristina ha interpuesto un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la condena a cinco años y diez meses de cárcel ratificada por el Tribunal Supremo en el marco del caso Nóos. En la petición de amparo, donde sostiene que no concretó ninguna "influencia prevalente" que justifique el delito de malversación, el exduque de Palma solicita además que los magistrados suspendan la ejecución de la pena, es decir, que acuerden su libertad provisional. Pide la excarcelación del centro de Brieva (Ávila) mientras estudian si realmente existió una vulneración de derechos.

El codirector del Instituto Nóos –junto con su socio Diego Torres– permanece en la cárcel desde el pasado 18 de junio. A través de su abogado, explica en el recurso que la no suspensión de la pena, al menos provisionalmente, supondría "un perjuicio irreparable", en concreto la derivada por la malversación de caudales públicos.

Urdangarin reclama una revisión de la sentencia hacia una pena menor. El escrito de 80 folios señala que la libertad provisional "no ocasiona perturbación grave a un interés constitucionalmente protegido, ni a los derechos fundamentales o libertades públicas de otra persona". Y añade el abogado Mario Pascual Vives que, por lo tanto, "su denegación sólo puede causar un perjuicio irreparable a mi patrocinado".

Recuerdan que el Supremo rebajó en cinco meses la pena inicialmente impuesta por la Audiencia Provincial de Palma. Urdangarin solicita que se declaren vulnerados los derechos a la presunción de inocencia (artículo 24.2 de la Constitución), a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1) y a la libertad personal (articulo 17.1).

En cuanto al delito de malversación, alega que las sentencias condenatorias en su contra, "entremezclando hechos declarados probados con fundamentos jurídicos y viceversa", concluyen que "Urdangarin tuvo una influencia decisiva prevaliéndose de esa íntima relación de amistad y de su posicionamiento institucional, sin que según esta parte en ningún pasaje de la sentencia ni de las actuaciones, se concrete una sola intervención personal mínimamente explicitada".

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