Menú

De Prada deja en libertad al quinto CDR porque no tenía explosivos, sino "sustancias" para fabricarlos

Según el auto de la Sala Penal, no se encontraron explosivos en el domicilio de este CDR, sino "sustancias que podían convertirse en explosivos".

Según el auto de la Sala Penal, no se encontraron explosivos en el domicilio de este CDR, sino "sustancias que podían convertirse en explosivos".
El magistrado de la Audiencia Nacional, José Ricardo de Prada | EFE

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que componen los magistrados José Ricardo de Prada, Fernando Andreu y María Fernanda García ha acordado la prisión eludible bajo fianza de 10.000 euros para el quinto miembro de los siete CDR encarcelados en septiembre, Alexis Codina.

Codina fue arrestado junto a otros 6 integrantes de los CDR por planificar atentados en Cataluña y querer ocupar el Parlamento catalán tras la sentencia del Tribunal Supremo sobre el golpe del 1-O. Los 7 CDR fueron encarcelados por orden del titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6, Manuel García Castellón, por delitos de terrorismo, fabricación y tenencia de explosivos, y conspiración para causar estragos. Ahora, la Audiencia Nacional ya ha fijado fianza para un total de 5 de los 7 CDR arrestados.

En su auto, los tres magistrados con ponencia de De Prada imponen al integrante de los CDR como medidas cautelares presentaciones semanales ante el juzgado o comisaria de mossos mas cercano a su domicilio, prohibición de salida del territorio con entrega de pasaporte y designación de domicilio donde ser localizado.

La resolución estima parcialmente el recurso de Codina y explica que recabó del Juzgado los antecedentes respecto de los objetos y sustancias encontradas en el domicilio del recurrente y respecto de los que tenía relación, "sin encontrar en la pericial elaborada por los dos técnicos del Grupo de Desactivación de Explosivos (GEDEX) de la Guardia Civil de Barcelona referencia a la existencia de explosivos y sí únicamente de sustancias que debidamente mezcladas y siguiendo los correspondientes procedimiento técnicos pudieran llegar a convertirse en explosivos (precursores), disponiendo el recurrente de documentos con información para elaborar explosivos". El auto añade que no existe en el registro del domicilio la sustancia "termita" sino precursores de la misma.

La Sala deja constancia objetiva de la existencia de dichas sustancias precursoras sin entrar a valorar las declaraciones del recurrente en el sentido de que las sustancias eran utilizadas en su trabajo de restaurador: "Lo que sí nos permite afirmar, desde el punto de vista de los elementos justificantes de la prisión es el hecho de la objetiva inexistencia de explosivos en poder del sr Codina y que, por ello, su situación en este aspecto no difiere de los otros tres encausados recurrentes respecto de los que se ha acordado la posibilidad de imposición de una fianza para obtener su libertad", señala la Sala Penal de la Audiencia.

La Sala aprecia la existencia de claros elementos de arraigo, personales, sociales y familiares del recurrente que disminuyen el riesgo de fuga. Tampoco considera el tribunal que exista un riesgo real de entorpecimiento del procedimiento o destrucción de pruebas.

El cuarto CDR, en libertad bajo fianza

Precisamente, este jueves se conocía que la juez de la Audiencia Nacional María Tardón ha acordado también fianza de 5.000 euros para otro de los CDR, Ferran Jolís, experto en comunicaciones y ciberseguridad que formaba parte del llamado núcleo ejecutor del Equipo de Respuesta Táctica ERT de los CDR.

La magistrada adoptaba dicha decisión tras la nueva situación de los otros CDR, Xavier Buigas, Guillem Xavier Duch y Eduard Garzón, ques quedaron en libertad el viernes pasado previo pago de fianzas de 5.000 euros. Fue entonces cuando la defensa de Jolís presentó un escrito al Juzgado Central de Instrucción número 6, a cargo de esta causa, para solicitar también una modificación de su situación personal.

Ante esta petición, la Fiscalía de la Audiencia Nacional se pronunció de similar manera que en los tres casos anteriores: se mostró de acuerdo en mantener la medida de prisión provisional, si bien no se opuso a la imposición de una fianza. Con este informe, la juez Tardón, en sustitución del instructor Manuel García Castellón, decidía aceptar el criterio del Ministerio Público.

Temas

En España

    0
    comentarios

    Servicios

    • Radarbot
    • Libro
    • Curso