
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) acaba de pronunciarse sobre la demanda de una familia que reclamaba para su hija el 25% de español en la enseñanza obligatoria. Descartado el porcentaje por el nuevo marco jurídico, decreto Ley 6/2022 y la ley 8/2022 de la Generalidad catalana en materia de régimen lingüístico en los centros educativos, el TSJC ha fallado que la alumna debe recibir en español "además de la asignatura correspondiente al aprendizaje de esta lengua, una o varias materias o asignaturas adicionales que, por su importancia en el conjunto del currículum y su categoría lectiva, puedan ser consideradas como principales".
Según la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), la sentencia aplica el modelo constitucional y el de la Ley Orgánica de Educación que obliga a las Administraciones educativas a garantizar el derecho de los alumnos a recibir enseñanzas en castellano y el hecho de que no pueda hacerse a través de un porcentaje no impide la aplicación de otros métodos pedagógicos como el de las "asignaturas principales mínimas".
También ha advertido que, en tanto que el Tribunal Constitucional no se pronuncie sobre la constitucionalidad del decreto Ley 6/2022 y la ley 8/2022 (aprobados por la Generalidad y los grupos separatistas y el socialista), los centros educativos tendrán que garantizar unas asignaturas mínimas principales en español en sus proyectos lingüísticos. El número de asignaturas o materias en castellano o en catalán variará en función del entorno sociolingüístico, uno de los criterios utilizados por la Generalidad para perseguir la enseñanza en español.
Gimnasia en español, geografía en inglés
En el caso de esta última sentencia, de aplicación en el centro concertado de la Sagrada Familia de la calle Urgell de Barcelona, el texto del TSJC indica que a fecha de 21 de enero de 2019, la alumna recibía en español las asignatura de lengua castellana y las clases de educación física y se le prestaba "atención individualizada", según informe de la inspección educativa.
El fallo recoge también que se realizó una diligencia final para verificar la situación actual, a resultas de la cual se determinó que en el curso 2022-23 el centro escolar "imparte en lengua castellana las materias de Educación Física, proyectos propios del centro, Escritura Creativa y Lengua Castellana", lo que suma un total de cinco horas semanales. Al mismo tiempo, se imparten en inglés las asignaturas de Conocimiento del Medio Natural, Educación Artística Plástica y Lengua Inglesa, con un total de otras cinco horas. El resto, 12,5 horas, se imparte en catalán.
La sentencia, redactada en catalán, apunta que "si bien es cierto que la Educación Física ha ido alcanzado una importancia bastante relevante en la educación y en la significación para el alumno debido a su vinculación con el deporte y también con la salud física y mental según los contenidos atribuidos a esta materia, no lo es menos que la utilización del lenguaje no tiene en esta asignatura la misma relevancia que la utilización del lenguaje en otras materias, de forma que probablemente se podría considerar que la utilización vehicular del castellano es inferior a la del inglés, que con el mismo número de horas lectivas incluye dos materias curriculares obligatorias (Conocimiento del Medio Natural y Educación Artística Plástica) en el que el uso de la lengua es intensivo y de mucha relevancia".
En cuanto a la "realidad sociolingüística" del centro, en el distrito del Ensanche de Barcelona, el TSJC apunta que "no consta que esta distribución horaria de los usos lingüísticos responda a un análisis actualizado del contexto sociolingüístico, ya que la única referencia aportada se remonta al año 2008".
Satisfacción en la AEB
La presidenta de la AEB, Ana Losada, ha explicado que "esta sentencia ya no aplica porcentajes, tal como se hacía hasta ahora, y que el criterio del TSJC para garantizar el modelo de conjunción lingüística es el de un mínimo de asignaturas principales en castellano en la programación del centro para asegurar el derecho constitucional del alumno a ser escolarizado en este idioma".
El asesor jurídico de la AEB, José Domingo, ha señalado por su parte que "la sentencia acaba con la trama orquestada por el Gobierno de la Generalidad y otros grupos parlamentarios para suprimir el derecho a la escolarización en castellano en el sistema educativo catalán a través de una nueva normativa fraudulenta y claramente inconstitucional". Para Domingo, ha fracasado "el pacto político diseñado entre la Generalidad y el Gobierno de España en la mesa de diálogo para suprimir el derecho constitucional de los alumnos a recibir la enseñanza en castellano en Cataluña".
Además, Ana Losada ha censurado la "política de opacidad" de los centros educativos que "no informan a las familias de los criterios lingüísticos que emplean en la enseñanza de cada una de las asignaturas o materias". También ha criticado a la Alta Inspección Educativa y al Gobierno de España "por su política complaciente con el nuevo régimen lingüístico que trata de implantar la consejería de Educación".
Para tratar de paliar esas posiciones, la AEB pondrá en marcha una campaña destinada a las familias recordándoles sus derechos lingüísticos, "derechos que se ven reforzados con el contenido de la sentencia que acaba de dictar el TSJC", según Losada. A tal efecto, la entidad reanudará el asesoramiento para las familias que quieran interponer nuevas peticiones de enseñanza bilingüe en sus centros educativos.

