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Campo se abstiene en el recurso del TC sobre la querella presentada contra él mismo y el Gobierno por el covid

En el escrito de abstención de Campo, al que ha tenido acceso LD, Campo comunica su "abstención para el conocimiento del referido recurso de amparo".

En el escrito de abstención de Campo, al que ha tenido acceso LD, Campo comunica su "abstención para el conocimiento del referido recurso de amparo".
El magistrado del Tribunal Constitucional y exministro de Justicia, Juan Carlos Campo | EFE

El magistrado del Tribunal Constitucional y exministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha presentado su abstención para resolver el recurso sobre una macroquerella presentada contra el propio Campo y el resto del Gobierno de Pedro Sánchez por la gestión de la pandemia del covid-19.

La plataforma El Día Después presentó en mayo de 2020 una querella en el Tribunal Supremo en nombre de 116 familias contra todo el Consejo de Ministros. Según la querella, Sánchez y sus 22 ministros serían "presuntos responsables, criminalmente, de 116 delitos de homicidio por imprudencia grave (pena de cárcel en su grado superior de 4 a 6 años por cada homicidio), al haber permitido por acción o por omisión que la pandemia acabase con la vida de sus familiares. El Supremo la inadmitió y los abogados de la plataforma, entre ellos José Ignacio Sánchez Rubio, recurrieron en amparo ante el Constitucional. Tal y como desveló LD, el TC asignó a la Sección de Campo estudiar el recurso de amparo sobre la citada macroquerella y los denunciantes pidieron la recusación de Campo.

En el escrito de abstención de Campo remitido al presidente del Constitucional Cándido Conde-Pumpido, al que ha tenido acceso Libertad Digital, el magistrado izquierdista afirma que "a fin de garantizar preventivamente el derecho a un proceso con todas las garantías, entre las que desempeña una función estructural la imparcialidad judicial, comunico a la Sección mi abstención para el conocimiento del referido recurso de amparo".

"Las resoluciones recurridas en amparo inadmitieron a trámite una querella criminal interpuesta ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Según se consigna expresamente en la demanda de amparo, en la referida querella ‘se denunciaba el incumplimiento de las obligaciones que, como órgano colegiado, incumben al Consejo de Ministros, según la Ley 5011997, de 27 de noviembre, por la tardía adopción de las medidas adoptadas y, en su caso, de la negligencia de sus actos y omisiones para conseguir frenar, reducir y paliar en toda la nación los efectos de la epidemia del Coronavirus ‘COVID I9’", añade el escrito.

"Dada mi participación, en calidad de ministro de Justicia en las actuaciones del
Consejo de Ministros a los que se refiere la referida querella, entiendo que concurre la causa 13ª del art. 219 LOPJ, conforme a la cual constituye causa de abstención del juez o magistrado el ‘haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo’. Por todo ello, Excmo. Sr. Presidente, a los efectos establecidos en el art.221 LOPJ, comunico al Pleno mi abstención, en protección de la garantía que ofrece el derecho a un Juez imparcial", sostiene Campo.

Tras la abstención de Campo, el Constitucional tendrá que asignar por reparto el recurso a otra Sección para decidir sí reúne los requisitos formales para ser admitido a trámite o no, ya que en dicha Sección sólo se encuentra el magistrado conservador Ricardo Enríquez porque la tercera plaza que pertenecía al magistrado Alfredo Montoya aún no ha sido cubierta por el Senado. Posteriormente, se tendría que estudiar el fondo del asunto por la nueva Sección asignada y decidir si se estima el recurso o no contra el archivo de la macroquerella.

La querella de homicidio por imprudencia contra el Gobierno

Según la querella, "el 11 de marzo la OMS declaró la pandemia" y "a pesar de todo ello, el Gobierno español continuó en su actitud pasiva y sin adoptar medida alguna hasta el 14 de marzo de 2020, en que dictó el Real Decreto por el que establecía el Estado de Alarma. Ya hacía un mes y medio que la propia OMS había declarado el estado de Emergencia de salud pública de importancia internacional, sin que el Gobierno español le prestara la más mínima atención".

"Tan sólo 6 días antes los propios miembros del gobierno animaban activamente a acudir a la manifestación del 8-M, con declaraciones por ejemplo de Carmen Calvo animando para acudir a las manifestaciones feministas del 8 de marzo en la celebración del día de la mujer, porque le va la vida, nos va la vida….' una declaración imprudente que ahora deviene siniestra. Resulta inconcebible que, en apenas una semana, tan sólo 6 días después del 8-M, se pasara de poder hacer una vida normal, sin ningún tipo de restricciones, a la declaración del estado de alarma que incluye una situación extrema de confinamiento de la población en sus casas", concluye.

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