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El privilegiado trato a Conde-Pumpido hijo: el Juzgado debió investigar relaciones previas y consentimiento para grabar

Los hechos aún se están investigando, pero de momento no se han adoptado medidas de protección para la denunciante.

Los hechos aún se están investigando, pero de momento no se han adoptado medidas de protección para la denunciante.
Gtres

Jueces relacionados con las actuaciones en materia de violencia de género señalan a LD que el trato preferente al hijo del presidente del Tribunal Constitucional acusado de una violación grupal se confirma paso a paso. El Poder Judicial ha remitido distintas recomendaciones a los jueces sobre cómo debe abordarse la denuncia. Y exige investigar las relaciones previas y la existencia de un consentimiento para poder ser grabada la mujer. Y, en este caso, sin embargo, las grabaciones aportadas por Cándido Conde-Pumpido le han servido para librarse de las medidas cautelares.

Los documentos del Consejo General del Poder Judicial remitidos a los jueces a través del grupo constituido para el tratamiento de la violencia de género destacan el "Examen del artículo 416 de la Lecrim". Y allí señalan que, "si del contenido del atestado o de la denuncia no queda claro, el Juez/a debe indagar sobre la relación mantenida entre las partes para determinar si la víctima puede acogerse a esta exención". Resulta complicado que esto se pudiera hacer en el tiempo récord de la puesta en libertad del hijo de Cándido Conde-Pumpido sin medidas cautelares.

"Cuando no proceda que la víctima se acoja a dicha exención se le ha de explicar la razón", tampoco parece que se llevara a cabo este requisito. "Debe hacerse la advertencia del artículo 416 Lecrim, de manera que resulte entendible para la víctima. La explicación ha de hacerse de manera que no parezca que se induce a la víctima a no declarar contra su marido o compañero", explica el documento.

"Es esencial que el Juez/a indague sobre si la negativa de la víctima a declarar contra su marido o compañero es voluntaria o si obedece a una situación de miedo o coacción por parte del investigado, de su familia o de otras personas de su círculo", explica el documento. "En este caso, deberá informarse de forma clara sobre la posibilidad de adoptar medidas de protección". No ha habido ninguna en el caso de Conde-Pumpido hijo.

Jueces y fiscales, obligados a investigar

"Debe informarse a la mujer que pese a su negativa a declarar, es posible que el Ministerio Fiscal formule acusación contra su marido o compañero cuando hay testigos de los hechos u otros indicios de la comisión de los mismos y, en particular, cuando éstos son graves". En este caso se trata de una agresión sexual grupal. "Ha de hacerse saber a la víctima que el proceso puede seguir adelante aún sin su declaración y que no es culpa-responsabilidad suya, esta circunstancia deriva de la obligación de investigar por parte de los jueces y fiscales", señala el texto.

"Igualmente, se le deberá informar de que cabe la posibilidad de que se dicte una orden de protección, aun cuando no declare contra su marido o compañero", aclara. Y se incluye un punto delicado: "Deberemos preguntar si la mujer prestó su consentimiento para la grabación y/o para la difusión y si ha sido coaccionada previamente con la difusión de las imágenes si no retomaba la relación o no accedía a las peticiones del victimario". Porque en este caso la denunciante ha sido grabada en la casa de Conde-Pumpido hijo. "Puede ser una buena práctica permitir que la víctima consulte su diario u otros papeles en que haya relacionado los distintos episodios. Es importante incidir en conductas de control económico, que podrían ser consideradas como ‘violencia económica’ integrante del maltrato habitual", añade el documento.

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