
El 'terrorismo light' acuñado por el Gobierno de Pedro Sánchez para amnistiar al expresidenta catalán fugado Carles Puigdemont en el caso de Tsunami Democrátic también puede ser objeto de cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Los socialistas pactaban este martes con la formación de Puigdemont, Junts, modificar el término de terrorismo. En el redactado pactado sobre los "delitos de terrorismo" se añadía que la amnistía amparará a todos los implicados "siempre y cuando" no se hayan "causado violaciones graves de derechos humanos". Un párrafo clave cuyo objetivo es intentar neutralizar la acusación por terrorismo contra Puigdemont.
Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital afirman que "el concepto jurídico de terrorismo no puede acomodarse a lo que convenga al Gobierno. El Código Penal en España va a decir qué es el delito de terrorismo por un lado y por otro lado, se le quiere dar una noción penal aparte sólo para los independentistas catalanes, es decir, un Código Penal a la carta. El terrorismo está regulado en una norma aprobada en Europa para todos los países y utiliza un concepto único que no puede depender de la noción que quiera darle cada Estado miembro en sus respectivos Parlamentos".
"En ningún momento España podría aplicar un concepto jurídico del terrorismo distinto al europeo por el principio de primacía. Desmontar un ordenamiento jurídico es muy complicado y la Ley española cuelga de la europea. Lo que es terrorismo en Europa tiene que ser terrorismo en España, Francia e Italia", añaden.
Las mismas fuentes consultadas por LD afirman que "las decisiones del Gobierno con la Ley de amnistía sobre el 1-O están poniendo de manifiesto ante Europa que su actuación no es razonable. España no puede quedarse al margen del concepto terrorismo que hay en la UE. Además, la normativa europea sobre el terrorismo está ligada con otros delitos como el de blanqueo de capitales".
"Si el Ejecutivo hace una diferenciación del terrorismo en función de si vulnera o no derechos humanos, los jueces y tribunales que se vean afectados con causas del 1-O relacionadas con el terrorismo, pueden presentar una cuestión prejudicial ante el TJUE", concluyen.
El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, al ser preguntado sobre si hay algún delito de terrorismo que no atente contra los derechos humanos, afirmaba este miércoles lo siguiente: "Seamos serios. ¿De verdad alguien cree que es comparable el proceso independentista con el terrorismo que sufrió España durante décadas? ¿De verdad alguien lo cree? Lo que todos entendemos por terrorismo, lo que España sufrió durante décadas de terrorismo, eso está fuera de la amnistía".
Recordamos que el titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, desestimó la semana pasada el recurso presentado por la Fiscalía contra su decisión de enviar una exposición razonada al Tribunal Supremo para investigar por terrorismo a Puigdemont, a la dirigente de ERC Marta Rovira y a otras diez personas en la causa de Tsunami Democràtic. En su último auto, el magistrado explicaba esta semana que, tras las últimas diligencias practicadas hasta la fecha, se ha afianzado la tesis inicial que calificaba los hechos como delito de terrorismo.
Álvaro Redondo, el fiscal asignado al caso
Tal y como publicó este diario, el fiscal Álvaro Redondo ha sido designado para informar a la Sala Penal del Tribunal Supremo sobre la competencia y el contenido de la exposición razonada del caso de Tsunami Democràtic remitida por el titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón.
En la providencia en la que el Alto Tribunal pedía a la Fiscalía informar sobre este caso, se designaba además al magistrado Juan Ramón Berdugo como el ponente que deberá proponer a la Sala Penal si procede o no su admisión.
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