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El Supremo lanza un dardo envenenado a Conde-Pumpido por plantearse amnistiar la malversación del 1-O en el TC

El Supremo avisa de que si amnistía la malversación, debe plantearse si la secesión habría afectado a la renta de España y al Tratado de la UE.

El Supremo avisa de que si amnistía la malversación, debe plantearse si la secesión habría afectado a la renta de España y al Tratado de la UE.
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido. | Europa Press

El Tribunal Supremo ha lanzado un dardo envenenado a Cándido Conde-Pumpido por plantearse amnistiar el delito de malversación del 1-O en el Tribunal Constitucional.

La Sala Penal del Supremo que preside el magistrado Manuel Marchena acordaba este lunes no amnistiar el delito de malversación de caudales públicos por el que habían sido condenados Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa. Por su parte, el magistrado del Alto Tribunal, Pablo Llarena, rechazaba a su vez amnistiar la malversación que se imputa en la causa del 1-O al expresidente catalán fugado Carles Puigdemont, y a los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig. Precisamente, esta semana el TC ha anulado la malversación por la que fueron condenados los dirigentes socialistas en el caso de los ERE.

El demoledor auto de la Sala Penal del Supremo de 61 páginas, que deja herida de muerte la Ley de amnistía del Gobierno de Pedro Sánchez a los golpistas, incluye un mensaje velado al Tribunal Constitucional que preside Cándido Conde-Pumpido, ante la posibilidad de que decida dar la razón a los golpistas y amnistiar la malversación.

Según el Auto, "la Sala ha descartado el planteamiento de una cuestión prejudicial, interesada con carácter alternativo por la acusación popular para el caso en que no fuera estimada la inaplicabilidad directa de la Ley de Amnistía. Como es notoriamente sabido, para la viabilidad de este instrumento preordenado a hacer posible la primacía del derecho europeo es indispensable que la redacción de la norma interna ofrezca al órgano jurisdiccional nacional alguna duda respecto de su compatibilidad con el derecho de la Unión. Y no advertimos esa incompatibilidad.

"Antes al contrario, la ley española se ha preocupado de excluir de su ámbito aplicativo la amnistía de aquellos «actos tipificados como delito que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea». Desde esta perspectiva, no podemos suscitar una cuestión prejudicial que plantee al Tribunal de Justicia si es correcto lo que correctamente ha decidido el legislador nacional al aprobar la Ley de Amnistía, esto es, excluir de todo perdón los delitos que puedan afectar a los intereses financieros de la Unión y que gozan de la reforzada protección dispensada a este bien jurídico", destacan los magistrados.

A continuación, el Alto Tribunal traslada el siguiente recado a Cándido Conde-Pumpido, ante la posibilidad de que decida amnistiar la malversación a los golpistas: "Sólo el Tribunal que entienda aplicable la amnistía al delito de malversación, habrá de plantearse si la secesión -el referéndum no era meramente consultivo, sino el requisito para la proclamación de la independencia- habría afectado, aunque lo fuera en grado de mera tentativa, a la Renta Nacional Bruta Estatal y por ende al presupuesto comunitario".

"Y, sobre todo, si tras esa afectación la amnistía no entra en directa colisión con el art. 325 del Tratado Funcional de la Unión Europea y la Directiva 2017/1371 de protección de los intereses financieros. Es en este caso cuando el planteamiento de la cuestión prejudicial adquiere pleno sentido, sobre todo, cuando resuelve un Tribunal cuya decisión no es susceptible de ulterior recurso conforme al derecho interno", concluye el Supremo.

Los recados al Gobierno de Sánchez

El auto de la Sala Penal del Supremo también dejó varios recados para el Gobierno de Pedro Sánchez por su peculiar elaboración de la Ley de amnistía: "La precipitación con la que este texto legal ha visto la luz, reflejada entre otros aspectos en la visible distancia entre la redacción inicial y la que finalmente ha sido publicada, contribuye de manera decisiva a dificultar la labor interpretativa".

"El legislador ha estimado necesario abrir un paréntesis a cien años de jurisprudencia y hacerlo para unos hechos y unos protagonistas muy concretos. Un paréntesis que volverá a cerrarse para todos los demás ciudadanos que han sido condenados por un delito de la misma naturaleza", apuntaba el auto.

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