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Las acusaciones populares preparan medio centenar de preguntas para Pedro Sánchez sobre el caso Begoña Gómez

Fuentes jurídicas consultadas por LD afirman que "las cuestiones que se formularán se dividen por personas y bloques de la investigación".

Fuentes jurídicas consultadas por LD afirman que "las cuestiones que se formularán se dividen por personas y bloques de la investigación".
El presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez (2d), y su mujer Begoña Gómez (d), asisten al partido de la ronda preliminar del Grupo B de Waterpolo Femenino. | EFE

Las acusaciones populares preparan medio centenar de preguntas para interrogar al presidente del Gobierno Pedro Sánchez sobre el caso Begoña Gómez. El titular del Juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, investiga a su esposa por delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.

El instructor se desplazará este martes al Palacio de La Moncloa donde prevé tomar declaración testifical al presidente del Gobierno a las 11.00 horas. El magistrado ha acordado que al interrogatorio deben asistir las defensas de los tres investigados, es decir, de Begoña Gómez, el empresario Juan Carlos Barrabés y el rector de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), Joaquín Goyache. También el fiscal del caso José Manuel San Baldomero, y la abogada de Vox, Marta Castro, en representación de todas las acusaciones populares. Además de la formación de Santiago Abascal, están personadas Iustitia Europa, Hazte Oír, Manos Limpias y Movimiento Regeneración Política de España.

Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital afirman que "la abogada de Vox en nombre de todas las acusaciones populares llevará bajo el brazo cerca de medio centenar de preguntas sobre la causa para interrogar a Pedro Sánchez. Las cuestiones se dividirán por personas y bloques de la investigación que dirige el juez Peinado. Al presidente del Gobierno se le preguntará por Juan Carlos Barrabés, Joaquín Goyache, Javier Hidalgo o por la que fuera directora de Wakalua (filial de Globalia), Leticia Lauffer".

Las mismas fuentes consultadas por LD apuntan que "también se interrogará a Pedro Sánchez en la Moncloa sobre los contratos de Barrabés, la Cátedra Extraordinaria de Begoña Gómez y la aplicación informática de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), el Grupo Inmark o el rescate millonario de su Ejecutivo a Globalia".

La testifical se celebrará de manera presencial pese al intento de Sánchez que, en una carta dirigida al propio juez Peinado, solicitó que la misma tuviera lugar por escrito dado su cargo. De hecho, el juez Carlos del Valle, en sustitución de Juan Carlos Peinado, resolvió la semana pasada manteniendo esa presencialidad del interrogatorio.

En la citada carta, el presidente del Gobierno indicaba al juez que tenía voluntad de "colaborar" con la Justicia, pero defendía que su declaración como testigo debía ser por escrito dado que su comparecencia "resulta inescindible" de su cargo. "Es mi deber preservar el sentido propio de la institución", añadía.

Sánchez incidía en que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) diferencia entre la declaración de un presidente por hechos de los que tenga conocimiento por "razón de su cargo" o por hechos ajenos a su ejercicio como presidente. En el primer caso, la norma da la posibilidad de declarar por escrito; en el segundo, no.

En este sentido, insistía en que para "garantizar el estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico" y dadas las cuestiones que se investigan en la causa que dirige el Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid la declaración "debe producirse conforme a lo establecido en el artículo 412.2 de la LECrim".

El articulo 416 de la LECrim, la coartada de Sánchez

La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) exime a cualquier persona citada como testigo en un procedimiento judicial de declarar en contra de su cónyuge. La dispensa a declarar se regula en el artículo 416 de esa ley y se aplica a "los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil".

Las mismas fuentes consultadas por este diario afirman que "Pedro Sánchez no podrá recurrir al artículo 416 de la LeCrim para negarse a contestar a todas las preguntas que se le formulen. Está citado como testigo y deberá decir la verdad y responder a todo, a excepción de las preguntas directas sobre su esposa o aquellas que puedan incriminar a ésta en los presuntos hechos delictivos investigados".

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