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El TSJC recurre la amnistía al TC y al TJUE y frena su aplicación a dirigentes de ERC pendientes de juicio por el 1-O

El TSJC tacha la ley de "paradigma de acto legislativo arbitrario promovido por los propios amnistiados a cambio de mayorías parlamentarias"

El TSJC tacha la ley de "paradigma de acto legislativo arbitrario promovido por los propios amnistiados a cambio de mayorías parlamentarias"
Lluis Salvadó y Josep Maria Jové a su llegada para declarar ante el TSJC acusados de delitos de desobediencia, prevaricación, malversación y revelación de secretos en la organización del 1-O de 2017 | Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha presentado una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) y una prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en relación a la solicitud de amnistía presentada por los dirigentes de ERC pendientes de juicio por su participación en los preparativos del referéndum ilegal del 1-O de 2017. Se trata del actual jefe del grupo parlamentario de ERC en Cataluña, Josep Maria Jové (más conocido como el de la moleskine, una libreta en la que constaban los pasos a dar para provocar la independencia), Lluís Salvadór (actual presidente del Puerto de Barcelona) y Natàlia Garriga, ahora consejera de Cultura en funciones.

El TSJC había fijado para el pasado mes de abril el juicio por la participación de esos tres dirigentes de ERC, en 2017 bajo las órdenes del entonces vicepresidente de la Generalidad Oriol Junqueras, en los preparativos para el referéndum ilegal. Según informa El Periódico de Catalunya, el TSJC arremete contra la ley de amnistía en términos muy duros: "No puede admitir justificación posible, ni jurídica ni política, la aprobación de una amnistía que hace inmunes al ordenamiento jurídico hechos y conductas que han violentado ese mismo orden constitucional, y que atacan derechos y libertades protegidos penalmente", expresa en las cuestiones de constitucionalidad y prejudicial.

Más dura si cabe es la definición que hacen de la ley de amnistía, a la que tachan de "paradigma de acto legislativo arbitrario, promovido por los propios amnistiados –autoamnistía- como condición impuesta a cambio de otorgar mayorías parlamentarias de Gobierno (hecho notorio vinculado a un pacto privado entre dos partidos políticos), sin previsión constitucional" y "sin argumentos razonables que la justifiquen".

En varios pasajes insisten en la "mera aritmética parlamentaria proyectada sobre un debate de investidura" y niegan que la ley sea "adecuada a los fines que afirma perseguir, como se evidencia desde la recalcitrante persistencia por parte de los mismos actores políticos en las acciones encaminadas a la segregación prohibida en el texto constitucional, y que solo la certeza de la reacción penal puede resultar eficaz en su contención". Tal certeza queda "dinamitada" por la amnistía, "neutralizando así un instrumento decisivo para la protección del orden constitucional", apuntan los magistrados. Entre los preceptos constitucionales vulnerados a juicio del TSJC están el derecho a la igualdad ante la ley, la separación de poderes y el principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Por otra parte y en relación al juicio pendiente de Jové, Salvadó y Garriga señalan que con la amnistía "se borra todo rastro de responsabilidad penal antes incluso de que el tribunal haya tenido ocasión de conocer las conductas amnistiadas, de examinar las circunstancias en que hubieren podido llevarse a cabo y los niveles de culpa".

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