
El magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha acordado mantener en libertad al exasesor de José Luis Ábalos, Koldo García,
Koldo García se ha negado a declarar este jueves en el marco de la trama Koldo alegando que sufre indefensión al no haber podido acceder a sus dispositivos incautados. Cabe destacar que de dichos dispositivos han salido gran parte de los audios y los mensajes recogidos por la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) en sus informes.
En un auto de 8 páginas, al que ha tenido acceso Libertad Digital, el magistrado ha acordado mantener para Koldo García las medidas cautelares ya fijadas hace meses de prohibición de salida del territorio nacional, con retirada de pasaporte, y obligación de comparecer los días 1 y 15 de cada mes en el juzgado.
"Es evidente que persisten, e incluso aparecen seriamente consolidados tras el último informe rendido en la causa por la fuerza policial actuante (de fecha 3 de octubre del presente año), sólidos indicios de criminalidad con relación a la persona del investigado don Koldo García Izaguirre en relación con la comisión de diferentes ilícitos penales que, con el provisionalísimo carácter que corresponde a este momento procesal, podrían colmar, cuando menos, las figuras delictivas de integración en organización criminal (artículo 570 bis del Código Penal), tráfico de influencias (artículo 428); cohecho (artículo 419) y, tal vez, también de un delito de malversación de fondos públicos", señala el magistrado.
"Por otro lado, ya el informe policial de fecha 5 de junio del presente año, había contribuido igualmente a consolidar la consistencia de dichos indicios, informe al que se acompañaban, entre otros extremos relevantes, muy expresivas y elocuentes grabaciones, aparentemente efectuadas por el propio don Koldo García, de conversaciones de las que resultaría la posible adjudicación indebida de diversas obras públicas, en connivencia con quien era entonces titular del MITMA, también investigado en esta causa, y de terceras personas, a cambio de diversos premios económicos", añade.
"A su vez, en el último de los informes policiales aportados a la causa, el ya referido de fecha 3 de octubre del presente año, se deja constancia de la posible tenencia por parte del investigado de importantes cantidades de dinero en metálico, indiciariamente procedentes de las actividades delictivas que se imputan a don Koldo García, tanto en esta causa especial como en la pieza separada referida a la indebida adjudicación de obra pública; así como que el mismo vendría haciéndose cargo regularmente de obligaciones económicas correspondientes al Sr. Ábalos Meco. Todo ello por una cantidad final de 94.883,63 euros; además de otros posibles pagos efectuados en beneficio de éste, tales como el disfrute familiar de un chalet en la localidad de Marbella por importe de 9.800 euros", subraya.
Descarta endurecer las medidas cautelares
Según el magistrado, "Por lo que respecta a la posibilidad de que don Koldo García pudiera tratar de sustraerse a la acción de la justicia, concurriendo con respecto a él indicios bastantes de su posible participación en uno o varios delitos de significativa gravedad y con relación a los cuales pudiera seguirse en el futuro la imposición de una condena a pena o penas privativas de libertad de importante extensión, no puede nunca descartarse. La posibilidad, el riesgo, existe siempre en supuestos equivalentes. Aquí concurre también, lógicamente, aunque, al parecer del instructor, no con la indispensable intensidad para que, sobre su base, pudiera ser acordada la medida cautelar solicitada por las acusaciones populares. Es verdad que don Koldo pudiera, tal vez, disponer de una cierta cantidad de dinero, que hasta la fecha no ha sido hallada. Y es cierto que mantuvo en el pasado ciertos vínculos con otros países, que se desconoce si persisten. Pero es necesario también tener en cuenta que, desde que se inició la causa frente a don Koldo García, ya en el Juzgado Central de Instrucción número 2 y después ante este mismo Tribunal Supremo, transcurridos varios años, la existencia de este riesgo ha venido siendo conjurada hasta el momento con las medidas cautelares vigentes (presentaciones quincenales y prohibición de salir de España), que rigurosamente han sido observadas por el Sr. García Izaguirre".
"Es verdad, --ya se dijo en la resolución dictada con fecha de ayer con relación al Sr. Ábalos Meco--, que el riesgo de que el investigado pudiera sustraerse a la acción de la justicia resulta creciente, conforme el conjunto de indicios de la posible comisión de graves delitos, sancionados con penas privativas de libertad muy significativas, se robustece; y conforme también se aproxima la fecha de celebración del juicio oral. Sin embargo, en este momento considera el instructor suficiente el mantenimiento de las medidas cautelares ya acordadas, y que se vienen observando hasta ahora, para conjurar el riesgo presente", concluye.
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