
Noelia, la joven de 25 años con paraplejia, ha recibido este jueves la eutanasia en el Hospital Residencia San Camil, en Sant Pere de Ribes (Barcelona), según ha informado Abogados Cristianos en un comunicado. La prestación se ha llevado a cabo tras un proceso de casi dos años desde su solicitud inicial y después de que distintas instancias judiciales avalaran su derecho a acceder a la muerte asistida, pese a la oposición de su padre.
La petición de la joven se formalizó en abril de 2024 y fue evaluada por los órganos competentes en Cataluña. La Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña dio su aprobación en julio del mismo año. Desde entonces, el caso ha recorrido diversas instancias judiciales a raíz de los recursos presentados por el padre, representado por Abogados Cristianos.
Aval judicial en distintas instancias
En marzo de 2025, una jueza de Barcelona autorizó la eutanasia solicitada por Noelia. La resolución fue recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que en septiembre de 2025 confirmó la decisión judicial previa. El tribunal consideró que las alegaciones del padre, centradas en una supuesta falta de capacidad de la joven para tomar la decisión, no quedaban acreditadas tras las evaluaciones realizadas.
La sentencia del TSJC recoge que el Comité de Ética Asistencial determinó que la joven no presentaba un déficit cognitivo que afectara a su capacidad de decisión. Además, constató que expresaba un sufrimiento continuo y una "clara falta de sentido vital".
Evaluaciones médicas y psicológicas
Durante el proceso, Noelia fue sometida a diversas evaluaciones por profesionales de la psicología clínica, la neuropsicología y la psiquiatría. Los informes coincidieron en que la joven comprendía la "gravedad" de la decisión y mantenía de forma consistente su voluntad de recibir la eutanasia.
Las evaluaciones determinaron que tenía un cociente intelectual dentro de la normalidad, sin trastornos en el curso del pensamiento. Durante el proceso judicial se señaló que padecía síntomas depresivos cronificados que le generaban un sufrimiento psíquico considerado "insoportable", vinculado a la lesión medular que sufría y a los dolores derivados de esta.
En sede judicial, los forenses indicaron que la solicitud se realizó de forma "libre, sin injerencia ni influencia de su propia enfermedad mental". A estas conclusiones se sumaron las declaraciones de otros seis médicos, que confirmaron que la joven conservaba las capacidades necesarias para decidir sobre su vida.
Recursos judiciales
Tras la ratificación del TSJC, el padre recurrió al Tribunal Supremo, que en enero de este año rechazó el recurso y avaló la eutanasia. La decisión del alto tribunal ya no admitía nuevas impugnaciones en esa vía.
Posteriormente, el padre de Noelia acudió ante el Tribunal Constitucional mediante un recurso de amparo, que fue rechazado por unanimidad, de manera que así se agotaron las vías judiciales en España.
Finalmente, Abogados Cristianos acudió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) solicitando medidas cautelares para paralizar el proceso. El tribunal europeo rechazó dicha petición, lo que permitió continuar con la ejecución de la prestación.
A lo largo del procedimiento, las resoluciones judiciales subrayan que la joven mantuvo su decisión de forma sostenida desde la solicitud inicial. Los órganos evaluadores concluyeron que no existían elementos que desvirtuaran su voluntad. En este sentido, se descartó la validez de un escrito que aportó la representación del padre, al considerar que presentaba "contornos no aclarados sobre su origen" y que suponía la no ratificación de la joven. Pero no llegó a interpretarse como un cambio de opinión.
El proceso ha culminado este jueves con la aplicación de la eutanasia.


