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El CGPJ pide que los jueces puedan revisar las retiradas automáticas de la patria potestad

El órgano de gobierno de los jueces pide que puedan revisarse las retiradas automáticas de la patria potestad en condenados por violencia doméstica.

El órgano de gobierno de los jueces pide que puedan revisarse las retiradas automáticas de la patria potestad en condenados por violencia doméstica.
El ministro de Transformación Digital, Óscar López (i) y la ministra de Juventud, Sira Rego (d) durante el pleno del Congreso. | EFE

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha avalado la retirada automática de la patria potestad prevista en el anteproyecto de la denominada ley de violencia vicaria para los condenados por delitos graves de violencia doméstica, pero sugiere que los jueces puedan revisar esta medida, al considerar que el sistema necesita una "cláusula de apertura" que garantice la proporcionalidad de la misma y permita atender al interés superior del menor.

El CGPJ ha aprobado este martes el informe, preceptivo pero no vinculante, sobre el anteproyecto, que introduce cambios en el Código Civil, el Código Penal y la Ley de Violencia de Género para reforzar la protección de los niños frente a padres maltratadores.

El proyecto redactado por el Gobierno plantea que los progenitores condenados en sentencia firme por delitos graves contra la vida, la integridad física o psíquica, la libertad o la libertad sexual de los hijos comunes o de la esposa o pareja pierdan automáticamente la patria potestad. En su informe, consultado por Europa Press, el CGPJ considera que la medida persigue "un interés legítimo de protección de las personas menores de edad" y la ve "adecuada y necesaria", pero introduce matices.

"Aun cuando la medida persigue un interés legítimo de protección de las personas menores de edad, y cabe entender adecuada y necesaria, a fin de garantizar su proporcionalidad, evitando su carácter cerrado, a pesar del automatismo inicial que tiene un evidente fin tuitivo del menor, debe preverse la posibilidad de la revisión de la privación de patria potestad cuando esté justificado por el interés superior del menor", apunta.

Por ello, el órgano propone añadir un nuevo párrafo al artículo 92.3 del Código Civil que permita revisar la privación de la patria potestad en aquellos casos en los que el interés superior del menor así lo aconseje: "Lo previsto en este apartado se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 170 del Código Civil". En concreto, este párrafo establece que los tribunales podrán, en beneficio e interés del hijo, acordar la recuperación de la patria potestad cuando hubiere cesado la causa que motivó la privación.

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