
La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a M.K., un repartidor de supermercado, a 10 años de prisión, por violar a una clienta durante la entrega de un pedido en su domicilio. Según la sentencia, los hechos ocurrieron cuando el acusado, aprovechando la vulnerabilidad de la víctima, la agredió sexualmente en su propia vivienda. Además, se le ha impuesto la prohibición de ejercer cualquier actividad que implique contacto directo con menores durante los próximos diez años.
De acuerdo con el fallo judicial, la víctima había solicitado un pedido al supermercado donde trabajaba M.K. y, al momento de la entrega, se dirigió a su habitación para recoger el dinero con el que pensaba abonarlo. En ese instante, el repartidor entró a la estancia, la inmovilizó sujetándola por la espalda, arrancándole la camiseta y presionándole el cuello con una navaja. El ataque culminó con la agresión sexual de la víctima y con la amenaza de muerte si contaba lo sucedido. Posteriormente, abandonó el domicilio.
Además de la pena de prisión, la sentencia incluye medidas adicionales para proteger a la víctima. M.K. deberá cumplir ocho años de libertad vigilada una vez que haya cumplido su condena. También tiene prohibido acercarse a menos de 300 metros de la víctima y contactarla por cualquier medio durante el mismo periodo. También está para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleven contacto regular y directo con personas menores de edad por periodo de 10 años.
El acusado consignó previamente 6.200 euros como reparación civil, lo que fue considerado por el Ministerio Fiscal como una atenuante en el juicio. Este gesto, junto al reconocimiento de los hechos por parte del acusado, llevó a una modificación de las conclusiones de la Fiscalía, que introdujo dicha circunstancia atenuante en su acusación.
La sentencia, no obstante, subraya la gravedad de los hechos y el uso de violencia con un arma blanca para someter a la víctima. "El empleo de un instrumento peligroso y la brutalidad de la acción justifican plenamente la pena impuesta", señala el fallo. A pesar de ello, el tribunal también consideró como relevante el arrepentimiento demostrado por el acusado y su voluntad de colaborar con la justicia.
El fallo es firme y no admite recurso, ya que todas las partes involucradas, incluyendo la defensa del acusado, manifestaron su conformidad y su intención de no recurrir la decisión judicial.

