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El hermano de Sánchez se libra del cargo de fraude fiscal porque su presunto fraude "no alcanzaría los 120.000 euros"

No se niega el posible fraude, pero al no alcanzar los 120.000 € necesarios para que sea delito, no se puede seguir la vía penal.

No se niega el posible fraude, pero al no alcanzar los 120.000 € necesarios para que sea delito, no se puede seguir la vía penal.
David Sánchez | Europa Press

El PSOE ha salido en bloque a decir que el imputado y procesado hermano de Pedro Sánchez no cometió fraude fiscal. Pero lo cierto es que el auto de la juez Biedma no dice eso. Lo que dice es que la AEAT ha defendido en su informe a David Sánchez y, "lo que es más importante, que aún en el caso de que hubiese sido residente en España, del diferencial de ingresos que resultaría si fuese residente […] no se deduciría la existencia de un Delito contra la Hacienda Pública del artículo 305 del Código Penal, –que no olvidemos que exige que el importe de la cuota defraudada exceda de 120.000 €–". Y eso no es decir que no ha habido fraude, sino que en una causa penal no se puede seguir investigando si la Justicia llega a la conclusión de que la cifra presuntamente defraudada no alcanzaría los 120.000 euros exigidos para que el fraude pudiera ser considerado delito.

La juez Biedma no ha contado con el respaldo de la AEAT para seguir investigando al hermano de Pedro Sánchez por posible fraude a la Hacienda Pública. Lo cierto es que el informe de ese organismo, integrado en el departamento de María Jesús Montero, "que obra en la causa como acontecimiento 605, ratificado ante esta instructora por los peritos que lo asumieron como propio –tras haberse presentado sin el membrete oficial y sin firmas–, concluyó, en contestación a las cuestiones expresamente formuladas por esta instructora, que, David Sánchez, es residente fiscal en Portugal, y que dicha circunstancia no es incompatible con la condición de empleado público de la administración española".

A partir de ese momento –y con un respaldo que no existe para el resto de contribuyentes españoles, tal y como relata el propio plan de inspección de la AEAT– la juez se quedaba sin uno de los argumentos para mantener la investigación. Porque, en contra de lo que afirma el Gobierno, la protección de un estado garantista está plenamente operativa para sus familiares que, además, cuentan con informes de Hacienda que chocan con sus propios protocolos generalizados.

Delitos de prevaricación y tráfico de influencias.

Pero, "lo que es más importante, que aun en el caso de que hubiese sido residente en España, del diferencial de ingresos que resultaría si fuese residente, respecto de los datos declarados como no residente, no se deduciría a existencia de un Delito contra la Hacienda Pública del artículo 305 del Código Penal, –que no olvidemos que exige que el importe de la cuota defraudada exceda de 120.000 €–, sino un reducido diferencial que, expresamente se especifica, además ha sido calculado sin considerar los cambios en sus circunstancias personales y familiares que pudieran suponer una reducción de sus bases imponibles y, por tanto, de sus cuotas".

Traducido, que sin llegar al fondo, la cuantía estimada no alcanzaría la categoría de delito y por eso la investigación penal para.
Y eso no es certificar que no haya un fraude por debajo de ese nivel.
De todos modos, hay que recordar que tampoco será eso un consuelo importante para el hermano de Pedro Sánchez. Porque la titular del Juzgado de Instrucción nº 3 de Badajoz, Beatriz Biedma, ha procesado David Sánchez y a otras 10 personas por delitos de prevaricación y tráfico de influencias.

En el último auto la magistrada también procesa al presidente socialista de la Diputación Provincial de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, el exfuncionario de Moncloa Luis Carrero, a Elisa Moriano, Cristina Núñez, Juana Cinta, Félix González, Manuel Candalija, Emilia Parejo, Francisco Martos y Ricardo Cabezas.

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