¿Por qué nadie osa mencionar el delito de sedición, en relación a lo sucedido en Cataluña ++
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¿Por qué nadie osa mencionar el delito de sedición, en relación a lo sucedido en Cataluña ++
Enviado por quejio el día 13 de Noviembre de 2014 a las 00:16
Artículo 544
Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.
Artículo 545
1. Los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo.
2. Fuera de estos casos, se impondrá la pena de cuatro a ocho años de prisión, y la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a ocho años.
Según esto el Sr, Mas y sus consejeros estarían jugándose 8 o 10 años de prisión y otros tantos de inhabilitación.
Joder, que preguntas mas tontas e ingenuas me hago. Milagro será que no sea donArturMas el que en carcele a Rajoy por infligir el derecho -no se sabe donde está recogido, pero si él lo dice será porque existe- a la autodeterminación de los pueblos.
Saludos
Algunos como VOX si lo han mencionado. Los que no lo mencionan son los propios sediciosos
Enviado por speeds3 el día 13 de Noviembre de 2014 a las 07:40
Las palabras como "Alta Traiciòn" y "Sediciòn" suenan decimonónicas en el paraìso de lo politicamente correcto en el que vivimos... Si hasta matar a tu hijo no nacido es un "derecho"...
Enviado por Xyz el día 13 de Noviembre de 2014 a las 19:44
Las diferencias de opinión ++
Enviado por Stergano el día 13 de Noviembre de 2014 a las 20:06
en este y en cualquier otro aspecto legal son muy habituales.
A algunos les parecerá que la mamarrachada de esa gente es delito de sedición y a otros les parecerá que no.
El Art. 144 que tanto se maneja hay que leerlo con detenimiento:
..."alcen pública y tumultuosamente..."
La RAE define "tumulto" como "Motín, confusión, alboroto producido por una multitud." y no parece que alguna "multitud" se haya levantado para impedir "por la fuerza o fuera de las vias legales...."
La diferencia de interpretación de delito de sedición es, precísamente, el vocablo "multitud"
Tampoco se han enfrentado a ninguna autoridad, dado que el TS no consideró delito esa mamarrachada.
En fin, loemos a Pedro Pacheco ya que dijo aquello dee "La justicia es un cachondeo"
Que conste que personalmente opino que esos mamarrachos se merecen un bofetón legal de aúpa.
A ver si la fiscalía deja de mirarse el ombligo y se pone a trabajar que nuestros dineros nos cuesta.
A algunos les parecerá que la mamarrachada de esa gente es delito de sedición y a otros les parecerá que no.
El Art. 144 que tanto se maneja hay que leerlo con detenimiento:
..."alcen pública y tumultuosamente..."
La RAE define "tumulto" como "Motín, confusión, alboroto producido por una multitud." y no parece que alguna "multitud" se haya levantado para impedir "por la fuerza o fuera de las vias legales...."
La diferencia de interpretación de delito de sedición es, precísamente, el vocablo "multitud"
Tampoco se han enfrentado a ninguna autoridad, dado que el TS no consideró delito esa mamarrachada.
En fin, loemos a Pedro Pacheco ya que dijo aquello dee "La justicia es un cachondeo"
Que conste que personalmente opino que esos mamarrachos se merecen un bofetón legal de aúpa.
A ver si la fiscalía deja de mirarse el ombligo y se pone a trabajar que nuestros dineros nos cuesta.
pero si es ue la fiscalia de Cataluña es la que tiene que mandar al fiscal de estado el informe, y eso me hace recordar el caso de Banca Catalana...
Enviado por linda2 el día 13 de Noviembre de 2014 a las 22:04
Porque no es el caso y sin grandes conocimientos jurídicos, no se dan vulneraciones para su aplicación. Un saludo
Enviado por Caba el día 13 de Noviembre de 2014 a las 22:38