
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dirigido por Elma Saiz, ha reconocido que no dispone de datos específicos sobre cuántos beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) han perdido esta prestación tras encontrar empleo. Esta información se desprende de dos resoluciones emitidas por la Dirección General del INSS, ambas firmadas por Carmen Armesto González-Rosón, quien ostenta el cargo de directora general, cuyo sueldo anual en 2024 fue de 107784,28€, según el portal de Transparencia de la Administración General del Estado. En exclusiva, Libre Mercado ha tenido acceso a las respuestas de dos solicitudes de información pública, que revelan tanto la falta de datos desglosados como el número de bajas de esta ayuda en los últimos años.
Cifras de bajas del IMV por año y rechazo a desglosar por nacionalidad
Desde la implementación del Ingreso Mínimo Vital en 2020, el INSS ha registrado un total de 292.939 extinciones de esta prestación hasta 2024. Las cifras anuales muestran una tendencia creciente en los primeros años, con 8.683 bajas en 2020, 64.663 en 2021, 76.909 en 2022 y 80.894 en 2023. En 2024, la cantidad descendió a 61.790. Estas suspensiones incluyen casos derivados de controles periódicos realizados por el INSS, renuncias voluntarias de los beneficiarios, revisiones de oficio, reclamaciones previas a la vía administrativa y ejecuciones de sentencias judiciales.
Sin embargo, el INSS ha denegado la solicitud de desglosar estas cifras entre ciudadanos españoles y extranjeros. La razón esgrimida es la falta de datos desagregados sobre el titular y los miembros de la unidad de convivencia en los ficheros estadísticos. Según la resolución, proporcionar esta información requeriría "un trabajo específico y expreso de obtención y reelaboración de los datos", lo que implicaría un uso significativo de recursos materiales y personales destinados originalmente a la gestión de la prestación. Esta negativa se ampara en el artículo 18.1, letra c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, que permite inadmitir solicitudes que exijan una reelaboración previa de la información.
Imposibilidad de detallar bajas por empleo
El INSS también ha señalado que no cuenta con estadísticas específicas sobre los beneficiarios del IMV que han perdido la ayuda tras incorporarse al mercado laboral, ya sea por superar los umbrales de renta permitidos o por no informar de su nueva situación laboral. La resolución indica que "actualmente no existe en esta Entidad ninguna explotación estadística de la que pueda extraerse la información solicitada". Elaborar estos datos demandaría un tratamiento individualizado de la información y desarrollos informáticos específicos, lo que supondría un "consumo importante de medios materiales y personales inicialmente destinados a la gestión de la prestación de IMV".
Además, el INSS aclara que el empleo por sí solo no determina la extinción de la ayuda. Según el artículo 11 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, la evaluación de la vulnerabilidad económica considera la capacidad económica global de la unidad de convivencia, incluyendo ingresos de diversas fuentes, no solo los derivados del trabajo. En este sentido, las regularizaciones de la prestación, que se ajustan anualmente con base en la información tributaria del ejercicio anterior, no tienen carácter de sanción, sino que responden a la actualización de los importes abonados.
En cuanto a las cantidades a devolver por parte de los beneficiarios sancionados por superar los umbrales permitidos, el INSS no proporciona datos específicos, reiterando la falta de estadísticas preexistentes y la necesidad de un trabajo adicional para generarlas. Esta carencia de información detallada limita la transparencia sobre el impacto del empleo en la continuidad del IMV, las consecuencias económicas para los beneficiarios que incumplen los requisitos establecidos e impide una fiscalización real de posibles casos de fraude.


