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El juez Ruz mantiene los cargos de colaboración con ETA en el Faisán

El juez de la Audiencia Nacional ha rechazado los recursos de imputados ­–García Hidalgo, Ballesteros y Pamies– y Fiscalía, y mantiene los cargos.

El juez de la Audiencia Nacional ha rechazado los recursos de imputados ­–García Hidalgo, Ballesteros y Pamies– y Fiscalía, y mantiene los cargos.

En un auto hecho público este martes, el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz mantiene que "existen indicios racionales de criminalidad que aparecen sobradamente recogidos en la causa" como para procesar al ex director general de la Policía Víctor García-Hidago, el jefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamiés, y el inspector José María Ballesteros en el chivatazo a ETA.

De esta forma, el magistrado ha desestimado los recursos presentados por las defensas los tres policías contra su procesamiento por la comisión de delitos de colaboración con organización terrorista o encubrimiento y revelación de secretos en el marco de la causa que investiga el soplo a miembros del aparato de extorsión de ETA el 4 de mayo de 2006 en el bar Faisán (Irún).

En la resolución, el magistrado instructor entiende que los tres agentes tenían "conocimiento" y "voluntad" de facilitar a ETA 54.000 euros "procedentes del cobro de la extorsión ejercida sobre particulares por parte de la organización terrorista ETA".

Asimismo, Ruz especifica en su escrito que el interés de García-Hidalgo, Pamiés y Ballesteros era que este dinero "no fuera interceptado por la Fuerza policial encargada de la vigilancia y seguimiento de la red terrorista". El instructor sostiene que de esta forma los policías dejaron que ese dinero fuera a parar "al cumplimiento y ejecución de las actividades y finalidades perseguidas" por la banda criminal.

En opinión del magistrado, las alegaciones vertidas por las defensas de los recurrentes no "debilitan" ni "desvirtúan" la participación de los tres procesados en delitos de colaboración o encubrimiento. "La resolución recurrida no puede sino confirmarse por este instructor", indica el juez en un auto hecho público este martes.

Ruz se reafirma así en el contenido de su auto de procesamiento en el que especificaba que García Hidalgo consensuó con Pamiés la delación y apuntaba al jefe superior de Policía del País Vasco como la persona que advirtió al dueño del bar Faisán de Irún, Joseba Elosúa, de las próximas detenciones. Ballesteros fue, en opinión del magistrado, el encargado de entregar el teléfono al propietario del local.

El juez dedica gran parte de su auto a justificar porque él entiende que los agentes cometieron presuntamente un delito de colaboración –penado con hasta diez años de cárcel- cuando advirtieron a Joseba Elosúa de que se iba a dar un golpe a la red de extorsión de la banda. Para ello, recupera la jurisprudencia citada por la Sección Segunda de la Audiencia Nacional cuando amparó su instrucción y puntualizó que para colaborar con banda armada basta con "facilitar cualquier acto de colaboración con las actividades" de la misma.

Por otro lado, Ruz hace también referencia a las críticas vertidas por las defensas de Ballesteros y Pamíes contra el equipo investigador de la delación y su responsable, Carlos Germán, y destaca que "las sospechas vertidas en su contra" –que apuntaban a que pudo ser él quien advirtió por teléfono a Elosúa de los próximos arrestos- "carecen de sustento".

Los recursos rechazados, de reforma y subsidiarios de apelación, recaerán ahora en el Pleno Sala de lo Penal, tras la repentina decisión adoptada por Javier Gómez Bermúdez.

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