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Maite Cunchillos

Sentencia arriesgada

Con esta sentencia, el Tribunal Constitucional contradice al Parlamento Europeo, al Congreso de los Diputados, al Ministerio de Justicia, a la Audiencia Nacional y al Tribunal Supremo. Hasta ahora, la Administración había negado su inscripción como “grupo religioso” a todas las asociaciones sospechosas de constituir las llamadas “sectas”.

El Constitucional ha sorprendido a todos con una resolución en la que los magistrados vienen a decir que un grupo tiene libertad religiosa y debe registrarse como tal mientras no se demuestre que ha cometido delito: “si yo existo, usted inscríbame y no me niegue ese derecho argumentando que voy a cometer delito”; es lo que dirían, por ejemplo, los de la Iglesia de la Unificación, más conocida como “secta Moon”. Y es este el motivo por el que el Constitucional les ha dado la razón; no hay ninguna sentencia firme contra ellos.

Con la decisión del Constitucional, se abrirá la puerta para que otros grupos calificados como “sectas” pidan ahora al Ministerio de Justicia su inscripción como entidad religiosa. Los abogados de la Cienciología, por ejemplo, ya han anunciado que lo solicitarán. Lo pidieron sin éxito en su día, pero ahora cuentan con la sentencia del Tribunal Constitucional.

Con su pronunciamiento, el Constitucional refleja lo que ya era una evidencia: la dificultad de perseguir la actuación de las sectas; mientras no cometan actos delictivos flagrantes, no pueden ser penalmente perseguidos.

Actualmente, la Dirección General de Asuntos Religiosos tiene registradas a más de 2.000 entidades religiosas. Con esta sentencia no es exagerado advertir que este número se incrementará notablemente.

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