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María José Gómez Serrano

La COP 25: Análisis y resultados

El Acuerdo de París fue un éxito en cuanto a su declaración de principios, pero no tanto en cuanto su cumplimiento.

El Acuerdo de París fue un éxito en cuanto a su declaración de principios, pero no tanto en cuanto su cumplimiento.
Cumbre COP25 Madrid 2019 | Cordon Press

El Acuerdo de París es el Acuerdo adoptado en la COP 21 celebrada en París en 2015, que fue, la vigésimo primera Conferencia de las Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (en adelante CMNUCC), aprobada en Nueva York el 9 de mayo de 1992.

La Conferencia de las Partes o COP, cuyas siglas COP proceden del inglés Conference of the Parties (Conferencia de las Partes), hacen referencia a los países o partes que han suscrito la CMNUCC; un total de 197 naciones y territorios, denominados Partes, se han adherido a la Convención. La CP se ha reunido anualmente desde 1995. La COP, cuya sede se encuentra en Bonn, Alemania, es el órgano decisorio de la ONU responsable del clima, y el órgano supremo de la CMNUCC, que se celebra anualmente y en la que los jefes de Estado y de Gobierno, o en su nombre los ministros, toman las decisiones tendentes a fomentar la implementación de la Convención, a supervisar y examinar su aplicación y a combatir el cambio climático.

El Acuerdo de París se centra en tres ejes fundamentales: la mitigación del cambio climático ("mantener el aumento de la temperatura media mundial por debajo de 2°C con respecto a los niveles preindustriales, y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1,5°C"), la adaptación (promover la resiliencia a los efectos adversos del clima) y la financiación (situar los flujos financieros en un nivel compatible con dichos objetivos). Asimismo, busca crear un marco para iniciar esa transformación, estableciendo reglas, procedimientos e instrumentos para avanzar en esa dirección, sobre la base de las Contribuciones Tentativas Nacionalmente Determinadas.

España depositó ante Naciones Unidas el instrumento de ratificación del Acuerdo de París publicado en el BOE el 2 de febrero de 2017, que entró en vigor en España el 11 de febrero de 2017.

El éxito esencial del Acuerdo de París, jurídicamente vinculante para todos los firmantes, puede decirse que fue que hizo que, por primera vez, todos los países tuvieran una causa común para emprender esfuerzos ambiciosos para combatir el cambio climático y adaptarse a sus efectos, con un mayor apoyo para ayudar a los países en desarrollo a hacerlo. Como tal, trazó un nuevo rumbo en el esfuerzo climático mundial.

El texto supone una importante iniciativa que en principio tenía en cuenta las diferentes realidades de los países, un acuerdo que se percibió como equilibrado, ambicioso y duradero, pero que, a día de hoy, cabe preguntarse si fue eficaz, debido al retraso en su implementación y los problemas que plantea su financiación.

Pero, tal y como reflexionamos con los estudiantes de Grado en Derecho de ISDE, los futuros abogados que tratarán esta tipología de cuestiones, ¿cómo ha funcionado la aplicación real del Acuerdo de París? Se acordó que cada cinco años, todos los países deben comunicar y mantener sus objetivos nacionales de reducción de emisiones (sus planes de desarrollo para la reducción de emisiones) y que todos los países deben poner en marcha políticas y medidas nacionales para alcanzar dichos objetivos. Se han presentado 190 planes de lucha contra el cambio climático que cubren alrededor del 99% de las emisiones de todas las Partes de la Convención. Se reconoció también la importancia de ir incrementando cada cinco años los compromisos con objetivos cada vez ambiciosos. De esta manera los países desarrollados se han comprometido a contribuir, a través de una amplia variedad de fuentes e instrumentos, con 100.000 millones de dólares anuales a partir de 2020. Este objetivo se revisará al alza antes de 2025.

La idea es que los países desarrollados apoyen a los países en desarrollo con financiación climática (transferencia de recursos para financiar actuaciones de lucha contra el cambio climático), y como novedad se fomenta también que los países en desarrollo proporcionen financiación de manera voluntaria.

En la COP21 de París, se creó un Comité para el fortalecimiento de capacidades (Comité de París) cuya finalidad es detectar lagunas y necesidades en países en desarrollo en esta materia y mejorar la coherencia y la coordinación en sus actividades.

España ya presentó su borrador de Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIC), en el que se pretende lograr la generación eléctrica 100% renovable en 2050, para lo cual y según el propio Gobierno, hay que hacer un gran esfuerzo en esta próxima década, ya que "en 2030, tenemos que haber reducido en un tercio nuestras emisiones de gases de efecto invernadero, el sistema eléctrico deberá contar con un 42% de renovables sobre el uso final de la energía y un 74% en la generación eléctrica."

El paquete incluye directrices relacionadas con (i) el establecimiento de nuevos objetivos de financiación a partir de 2025, para dar seguimiento al objetivo actual de movilizar 100 000 millones de dólares anuales a partir de 2020 para apoyar a los países en desarrollo; (ii) cómo llevar a cabo el Balance mundial sobre la eficacia de la acción climática en el mundo en 2023 y (iii) cómo evaluar los avances en el desarrollo y la transferencia de tecnología

Recordemos que una de las limitaciones del Acuerdo de París es que deja a la decisión de cada país establecer su plan de recorte de emisiones, aunque, al menos, el reglamento acordado prevé reglas homogéneas para medir, informar y verificar las emisiones de cada nación.

La COP25, fue la 25.ª conferencia de las partes firmantes CMNUCC celebrada en Madrid en diciembre de 2019, bajo la presidencia de Chile, y también incluyó la 15° reunión de las partes del Protocolo de Kioto (CMP15) y la segunda reunión de las partes del Acuerdo de París (CMA2).

La COP25 concluyó con la adopción de un acuerdo, denominado "Chile-Madrid Tiempo de Actuar", que sienta las bases para que, en 2020, los países presenten compromisos de reducción de emisiones (NDC, por sus siglas en inglés) más ambiciosos para responder a la emergencia climática.

Sin embargo, el resultado de esta COP25 se considera por muchos un fracaso (el "Acuerdo de las lágrimas"), al no haberse resuelto, entre otras cuestiones, cómo se lograrán incrementar y reforzar los planes de acción climática presentados por los países en París en un horizonte que va hasta el año 2025 o incluso 2030. Prueba de ello es que muchos países no se plegaron al mismo como Estados Unidos, China e India, grandes emisores de gases de efecto invernadero. El acuerdo reconoce que cualquier política climática debe ser permanentemente actualizada en base a los avances de la ciencia, también se ha reconocido la importancia de los océanos, del uso del suelo, y la importancia de mantener su equilibro para el buen funcionamiento del sistema climático. Todo ello lleva a pensar a muchos en una evidencia inquietante, que es que las medidas actuales prometidas o en marcha no evitarán detener la subida de temperaturas hasta 3,2ºC"

La siguiente COP será en Glasgow en 2020, en la se espera se adopten acuerdos que permitan ejecutar los compromisos alcanzados en Paris, teniendo como objetivo alinear los compromisos de los países con limitar el calentamiento a 1,5 grados.

Ante esta situación, y a pesar de la patente falta de acuerdo mundial sobre la acción urgente para frenar el cambio climático vivida en Madrid en la COP25, el Gobierno de España en el reciente Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 21 de enero de 2020, ha declarado "la emergencia climática y ambiental de España", para salvaguardar el medio ambiente, la salud y la seguridad de la ciudadanía. También ha acordado una batería de 30 medidas, cinco de ellas a adoptar en los primeros 100 días, para combatir el cambio climático con políticas transversales, como definir la senda de descarbonización a largo plazo de nuestro país, que asegure el objetivo de neutralidad climática a más tardar en el año 2050, invertir en un país más seguro y menos vulnerable frente a los impactos y riesgos del cambio climático, reforzar los mecanismos de participación ya existentes con una Asamblea Ciudadana del Cambio Climático, e impulsar la transformación de nuestro modelo industrial y del sector servicios a través de Convenios de Transición Justa y de medidas de acompañamiento.

Así se pretende remitir al Parlamento español el proyecto de Ley de Cambio Climático, en el que se incluya la citada definición de la senda de descarbonización a largo plazo para asegurar la neutralidad climática en 2050 y la creación de una Asamblea Ciudadana del Cambio Climático que incluirá la participación de los jóvenes.

Se pretende crear, como punto de partida, un marco regulatorio que debería ser la base y el fundamento del resto de actuaciones que han de llevarse a cabo. El Gobierno ha declarado que en este Proyecto de Ley se garantizará, , el alcanzar las emisiones netas cero no más tarde de 2050 (muchos países lo han propuesto y las ciudades de Berlín, Londres y Nueva York etc) , impulsado para ello un sistema eléctrico 100% renovable, un parque de turismos y de vehículos comerciales con emisiones de 0 gramos de CO2 por kilómetro, un sistema agrario neutro en emisiones de CO2 equivalente, y un sistema fiscal, presupuestario y financiero compatibles con la necesaria descarbonización de la economía y de la sociedad.

A la pregunta de si el Acuerdo de París ha sido un éxito, la respuesta debería ser que, sí lo fue en cuanto a su declaración de principios, pero no tanto en cuanto su cumplimiento, lo cual ha quedado patente en la reciente COP25 celebrada en Madrid. Aún queda pues, mucho camino por andar.

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