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¿Una purga sectaria?

¿No será esto un método de purga sectaria para quienes sean díscolos a la sumisión ideológica pretendida por sus superiores?

¿No será esto un método de purga sectaria para quienes sean díscolos a la sumisión ideológica pretendida por sus superiores?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez comparece ante los medios tras el Consejo de Ministros celebrado en el Palacio de La Moncloa en Madrid este martes. | EFE/ Juan Carlos Hidalgo

Nadie debe extrañarse, pues los gobiernos de izquierda progresista, cuanto más de izquierda y más progresista, suelen practicarla sin apenas escrúpulos. Ahora hablamos del proyecto de Ley de Función Pública según el que el gobierno de Sánchez valorará a los funcionarios, pudiendo apartarles, degradarles, suspenderles, reducir su nivel remunerativo… por incapacidad, mal rendimiento o inadaptación.

Es curioso que un gobierno, que en su haber no aparece un solo logro acreedor de aprobación, que despilfarra, que miente, que responsabiliza a instituciones o personas de sus fechorías políticas o de gestión, pueda ahora mostrar preocupación por la eficacia del funcionariado público, cuando, si algo destaca del propio gobierno, es su ineficacia, sin paliativos.

En cuanto a capacidad, ¿quién puede arrogarse competencia bastante para sentenciar de incapaz al funcionario que, ante un Tribunal de oposiciones/concursos, elegido a sorteo entre especialistas de la materia, ha demostrado tenerla bastante para desarrollar las funciones propias del puesto de trabajo?

Si las oposiciones se consideran un coladero, refórmese el sistema de selección, pero no se confíe en el juicio de unos expertos (?) —porque se anunciarán como expertos–, la evaluación de quien ya la tiene demostrada.

Otro motivo para la remoción del funcionario y el quebranto de su remuneración, es el mal rendimiento –entiendo que deliberado y contumaz aunque no se especifica–. Esta materia está asignada ya a la Inspección de los Servicios, por lo que confíese en dicho cuerpo, y no en los elegidos, probablemente siervos ignorantes.

Así que, estando estos dos motivos de sobra presentes en el sistema administrativo hoy, no procede creación de órgano alguno que compita en aquella tarea. La tercera causa sí que es motivo de preocupación; es la que el Proyecto llama, la inadaptación.

¿Inadaptación a qué o a quién? ¿Es quizá una inadaptación al medio? Que yo sepa, nunca un funcionario ha precisado de una burbuja medioambiental para encontrarse cómodo y en condiciones de máximo rendimiento. ¿O es adaptación al superior (caprichos o ideología…)? En este caso, investíguese si la inadaptación de los subordinados ha sido frecuente con anterioridad, porque quizás a quien haya que remover sea al superior/a, no al funcionario.

El propio sindicato CSIF –de UGT y de CCOO no esperen nada– ha criticado con dureza las generalidades y falta de concreción, así como los procedimientos, para que junto a lo que se dice no se omita el derecho de defensa, en procedimiento objetivo, de quien, quizá arbitrariamente, pretenden sea sancionado. ¿No será esto un método de purga sectaria para quienes sean díscolos a la sumisión ideológica pretendida por sus superiores?

Algunos lectores podrán preguntarse cómo puedo pensar en atropello semejante. Pero hechos nunca imaginables por los afectados han sido históricos en nuestra España.

¿O es que Don José Calvo Sotelo pudo imaginar que, sacado de su domicilio (13.07.1936) para una reunión urgente, recibiría, minutos después, dos tiros en la cabeza provocando su muerte instantánea?

¡Cuidado, la guerra no había comenzado, al menos formalmente!

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