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La verdad y la exageración de las multas de verano

Con tantos desplazamientos, es inevitable preocuparse por las multas, y es que hay algunas sanciones que aumentan en la temporada estival.

Coche en la autopista. | Pixabay/CC/javipolinario

Con la llegada del verano, lo hacen también los desplazamientos en coche para disfrutar de las esperadas vacaciones. De hecho, la Dirección General de Tráfico (DGT) prevé un récord de los viajes por carretera este verano, superando los 100 millones de movimientos de largo recorrido durante los meses de julio y agosto. A estos desplazamientos, también han de sumarse los trayectos cortos.

Incumplir estas normas de tráfico puede suponer multas de hasta 500 euros

Con tantos viajes, es inevitable preocuparse por las multas, y es que hay algunas sanciones que aumentan en la temporada estival. Sin embargo, otras de ellas resultan mitos extendidos por los conductores.

¿Me pueden multar por comer o beber al volante?

Muchas personas creen que resulta ilegal comer un bocadillo o beber agua al volante. Sin embargo, la realidad es que comer o beber mientras se conduce no está prohibido como tal, pero sí puede sancionarse si implica una distracción.

Según el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación, si el conductor pierde atención, manipula objetos o no mantiene el control del vehículo, puede enfrentarse a una multa de hasta 100 euros por conducción negligente. Por ello, se recomienda tener el absoluto control del volante mientras se conduce y evitar despistes.

¿Y los objetos colgados del retrovisor?

Asimismo, circula el bulo de que llevar un ambientador colgado del retrovisor no conlleva sanción. Sin embargo, la realidad es otra: si ese objeto –sea un ambientador, rosario o adorno– reduce el campo de visión del conductor, puede ser motivo de multa. El artículo 19.1 del Reglamento General de Circulación lo prohíbe expresamente, y la sanción puede alcanzar los 200 euros.

Ahora bien, si el objeto que se lleva colgado tiene unas dimensiones pequeñas y no reduce el campo de visión del conductor en ningún momento, no debe haber ningún problema.

El aire acondicionado

En los viajes en verano el aire acondicionado en el coche resulta indispensable. Se dice que pueden multarte por llevar el aire acondicionado demasiado frío, pero esto es falso. No existe ninguna norma que limite la temperatura del habitáculo. El conductor puede ajustarla a su gusto sin riesgo de ningún tipo de sanción.

Durante el verano también es común ver a conductores sacar el codo por la ventanilla o a pasajeros subir los pies al salpicadero para estar más cómodos. Aunque estas acciones no están prohibidas de forma explícita, pueden ser sancionadas si afectan a la seguridad. En cuanto a conducir en chanclas o sin camiseta, tampoco existe una norma específica que lo prohíba, pero sí puede sancionarse si igualmente compromete la seguridad.

¿Te pueden multar por sacar el codo o subir los pies al salpicadero del coche?

Cuidado con aparcar en las playas

Por otro lado, los conductores deben tener cuidado en los lugares que aparcan el coche durante sus viajes a la playa o parques naturales. En España, está prohibido estacionar o circular con vehículos sobre la arena de la playa, tal y como recoge la Ley de Costas en su artículo 33.5. Además, muchos ayuntamientos regulan específicamente los accesos y zonas de aparcamiento cercanas al litoral, por lo que es recomendable consultar la normativa local antes de dejar el coche en estas áreas.

Las multas por incumplir estas normas pueden variar: desde 50 a 150 euros en zonas urbanas, y hasta 6.000 euros si se trata de espacios protegidos como parques naturales o áreas de especial protección. También puede ser sancionable acampar con autocaravanas o campers en muchas de estas zonas.

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