L D (EFE)
En un año, los ciudadanos volverán a tener de servicio a un guardia civil que acostumbra a emborracharse portando el arma, la usa y abusa de su autoridad, por decisión del Tribunal Supremo.
El guardia civil fue sancionado por el Ministerio de Defensa a la separación del servicio como autor de una falta muy grave, al haber cometido estos hechos y tener ya otras dos faltas, que consistieron en la pérdida de cinco días de haberes por usar armas fuera de servicio y otra de pérdida de destino por embriagarse fuera de servicio cuando afecta a la imagen de la Institución.
La sentencia explica que el guardia civil F.P.A., el 6 de marzo de 1999, llegó a las 23.30 al club de alterne "Woman", de Castro Urdiales (Cantabria) donde le conocían como el Guardia de Tráfico de Laredo, en el que permaneció hasta el cierre, "donde ingirió un número indeterminado de consumiciones alcohólicas que, sin abonar iba dejando por diversos rincones del local, llegando en el curso de la noche a cachear injustificadamente a un cliente".
El Supremo rebaja la sanción a suspensión por un año de empleo porque recuerda que al margen de este incidente, el agente ha desarrollado sus funciones profesionales correctamente y poco después comenzó voluntariamente un tratamiento de deshabituación alcohólica mediante psicoterapia y medicación. Añade que "siendo grave la conducta seguida por el demandante no lo es hasta el punto de merecer la más grave de las sanciones".
Por ello, indica que "sin desconocer la gravedad de la conducta profesional del demandante, ese correcto ejercicio de la profesión debe operar en sentido favorable al demandante en el momento de elegir la sanción adecuada" y "otro tanto sucede con el tratamiento de deshabituación alcohólica".
El guardia civil fue sancionado por el Ministerio de Defensa a la separación del servicio como autor de una falta muy grave, al haber cometido estos hechos y tener ya otras dos faltas, que consistieron en la pérdida de cinco días de haberes por usar armas fuera de servicio y otra de pérdida de destino por embriagarse fuera de servicio cuando afecta a la imagen de la Institución.
La sentencia explica que el guardia civil F.P.A., el 6 de marzo de 1999, llegó a las 23.30 al club de alterne "Woman", de Castro Urdiales (Cantabria) donde le conocían como el Guardia de Tráfico de Laredo, en el que permaneció hasta el cierre, "donde ingirió un número indeterminado de consumiciones alcohólicas que, sin abonar iba dejando por diversos rincones del local, llegando en el curso de la noche a cachear injustificadamente a un cliente".
El Supremo rebaja la sanción a suspensión por un año de empleo porque recuerda que al margen de este incidente, el agente ha desarrollado sus funciones profesionales correctamente y poco después comenzó voluntariamente un tratamiento de deshabituación alcohólica mediante psicoterapia y medicación. Añade que "siendo grave la conducta seguida por el demandante no lo es hasta el punto de merecer la más grave de las sanciones".
Por ello, indica que "sin desconocer la gravedad de la conducta profesional del demandante, ese correcto ejercicio de la profesión debe operar en sentido favorable al demandante en el momento de elegir la sanción adecuada" y "otro tanto sucede con el tratamiento de deshabituación alcohólica".