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El TSJ de Madrid anula el decreto antitabaco de la Comunidad

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado el decreto del gobierno regional que desarrolló la Ley Antitabaco "por haberse omitido en su elaboración el informe del Consejo de Consumo" regional. De esta forma, se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Gobierno.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado el decreto del gobierno regional que desarrolló la Ley Antitabaco "por haberse omitido en su elaboración el informe del Consejo de Consumo" regional. De esta forma, se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Gobierno.
LD (Ángela Martialay) El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el decreto del gobierno madrileño que desarrolló en 2006 la Ley Antitabaco "por haberse omitido en su elaboración el informe preceptivo del Consejo de Consumo" regional.

La sentencia, de fecha 30 de diciembre pasado y dada a conocer este martes, estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ministerio de Sanidad y Consumo , la asociación nofumadores.org y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

Según reza la sentencia, "el Decreto 93/2006 impugnado es nulo de pleno derecho porque en su elaboración se han omitido tramites esenciales. Concretamente, se entiende que en la elaboración del referido decreto se ha omitido un tramite esencial como es la ausencia del preceptivo informe del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid que es preceptivo en la elaboración de las disposiciones generales que afectan directamente a los consumidores ".  

Para sostener este argumento, el alto tribunal madrileño señala que la ley establece que la elaboración de los reglamentos se ajustará a un procedimiento determinado en el que "la iniciación del procedimiento de elaboración de un reglamento (...) se acompañará de un informe sobre la necesidad y oportunidad de aquél".

Un informe imprescindible

 Por su parte, la defensa de la Comunidad de Madrid, en relación con la omisión del referido informe preceptivo, afirma que no es exigible su solicitud en la elaboración del Decreto impugnado dado que el mismo se ha dictado por la Comunidad de Madrid haciendo uso de las competencias reconocidas en el articulo 27.4 del Estatuto de Autonomía (sanidad e higiene) . Sin embargo, el tribunal no comparte esta tesis.

En este sentido, el tribunal madrileño se apoya en la jurisprudencia del Supremo que "ha declarado que la omisión de dichos informes preceptivos determina la nulidad de pleno derecho de las disposiciones reglamentarias". Por ello, el TSJ de Madrid anula el decreto regional que desarrolla la Ley Antitabaco.

En el proceso han sido demandadas entidades como la asociación empresarial de Hoteles de Madrid, la de Hostelería La Viña y la de Juegos Autorizados" (ASEJU), la Federación de Empresarios de la Comunidad, la Federación Empresarial de Ocio y Turismo de Madrid, la Asociación de Empresarios de Estaciones de Servicio de la región y la Asociación Madrileña de Empresas de Restauración.

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