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COMO QUIEREN LAS EMPRESAS

La Junta de Andalucía rechaza implicar al Estado en su demanda contra las tabaqueras

La Junta de Andalucía defendió este viernes la exclusión del Estado en la demanda que presentó contra seis tabaqueras, a las que reclama los gastos sanitarios de 135 pacientes afectados por el consumo de este producto, mientras que las empresas creen que debe analizarse la implicación de la Administración.

L D (EFE) Estos fueron los argumentos que defendieron ambas partes durante la vista celebrada este viernes en el juzgado número 68 de lo Civil de Madrid.

La Junta de Andalucía dirige su demanda contra Altadis, Philips Morris, Tabacos Canary Island, British American Tabacco España, Cita y J.T Internacional, principales responsables de la distribución y venta del tabaco en Andalucía y en España, a las que pide las responsabilidades por los daños causados a 135 pacientes y los gastos generados al Sistema Andaluz de Salud en los 260 ingresos hospitalarios al año.

La defensa del gobierno andaluz explicó que sólo dirige la demanda contra las seis empresas porque sólo imputan la comercialización y "cualquier actividad que se relaciona con los efectos del tabaco no nos interesa". Opinó que no se ha acreditado que el Estado haya tenido participación en la comercialización y que ésta nunca ha sido un servicio público, sino una concesión.

Por su parte, las seis empresas demandadas creen que debe incluirse en el proceso al Estado, ya que estiman que interviene en la venta al por menor del tabaco, en la publicidad, en la importación, además de ser la principal beneficiaria por el consumo de tabaco. El abogado de Altaris planteó además que la demanda no puede ser aceptada porque no detalla el consumo de cada paciente, ni la marca consumida, por lo que se opuso a la acumulación de las acciones en una sola demanda.

Tras escuchar los argumentos de las partes sobre esta cuestión previa, el titular del juzgado número 68 de lo civil interrumpió la vista y explicó que en un plazo de cinco días a partir de este viernes resolverá "de forma motivada" si se inicia en este juzgado el estudio de la demanda o si se remite a la vía contencioso-administrativo.

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