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La contundente sentencia contra Rocío Carrasco: "Su relato es subjetivo, parcial e interesado"

La crónica rosa analizó la sentencia favorable a Antonio David Flores por su despido de Sálvame.

Crónica Rosa: La Justicia vuelve a dar la razón a Antonio David

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La crónica rosa analizó la sentencia favorable a Antonio David Flores por su despido de Sálvame.
Antonio David Flores. | Contacto Photo

La crónica rosa de Es la mañana de Federico contó con Isabel González, Beatriz Cortázar y Carlos Pérez Gimeno para valorar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid favorable a Antonio David Flores tras el recurso de la productora La Fábrica de la Tele. La Justicia ha vuelto a considerar nulo el despido del colaborador tras la emisión del docudrama de Rocío Carrasco y sus acusaciones de maltrato.

Tal y como explicó la subdirectora de Es la mañana de Federico, Isabel González, se trata de una sentencia con tres aspectos fundamentales: el primero, da la razón a Antonio David (de nuevo), hablando de la "finalidad espuria de aumentar la audiencia" del programa Sálvame, el responsable de su despido. Un hito que una sentencia de un Tribunal Laboral valore ese aspecto, precisamente por haberlo encontrado claro y diáfano.

La sentencia se muestra "especialmente sensible con la lacra de violencia de genero", una "situación intolerable" que merece "usar medios públicos y privados" para atajarlo, pero "no a costa vulnerar derechos fundamentales de personas que habiendo sido investigadas por esos hechos no han sido condenadas", dijo González, recordando que Antonio David Flores "no tiene sentencia de maltrato firme".

La sentencia señala que el relato de Rocío Carrasco contra Antonio David es "parcial e interesado" al no sustentarse en "información veraz". Un conflicto, el del "derecho a la libre comunicación" contra "la conversación del derecho al honor de la persona a quien se refiere", que en este caso se resuelve reduciendo la primera. Algo que "no puede negarse máxime al constar que desde su despido disciplinario" Antonio David Flores no ha "participado en ningún otro programa", se contó en la crónica rosa de esRadio.

En suma, la sentencia considera el relato de Rocío Carrasco como "subjetivo, parcial e interesado" . Y, tal y como se preguntó Federico Jiménez Losantos, "¿cómo puede una cadena sustentar todo un edificio llamando negacionistas, como si fuera el Holocausto, cuando viene un juzgado y te dice eso?", dijo, recordando que "llamar maltratador es un delito como un piano de cola".

En cuanto al despido nulo, que "es peor que improcedente porque significa que no se han respetado sus derechos básicos y vulnera los principios constitucionales de la persona", la sentencia subraya también la "imposibilidad de resarcir el daño moral salvo en cierta medida" y que los hechos sucedidos con el colaborador "conllevan ludibrio y escarnio público irreparable", haciendo hincapié en la repercusión mediática del despido.

Tal y como valoró Jiménez Losantos, "se puede resarcir algo como mucho, pero el daño esa hecho". Y se preguntó: "¿Quién resarce a Olga Moreno y a su hija? Esa niña que veía vio los carteles de su padre en los que ponía maltratador cuando iba al colegio? Solo en parte se puede resarcir, no remediar porque el daño ya está hecho. ¿Quién repara ese daño de un programa de cuatro millones de audiencia?".

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