
El seguro de responsabilidad civil a terceros obligatorio para todos los propietarios de perros es uno de los puntos de la ley de Bienestar Animal que no llegó a entrar en vigor a la espera de que se aprobase el desarrollo normativo. Libertad Digital ha tenido acceso al borrador del Real Decreto que regulará todos los detalles del seguro obligatorio, tales como la cobertura mínima o si puede estar asociado al seguro del hogar.
Según el borrador del Real Decreto que la Dirección General de Derechos de los Animales ha distribuido entre los veterinarios, asociaciones animalistas, protectoras y otros colectivos implicados en la defensa de los animales, "todo titular de un perro tendrá la obligación de disponer, durante toda la vida del animal, un seguro de responsabilidad civil con una cobertura no inferior a 100.000 euros".
Además, "el seguro contratado deberá cubrir los posibles daños ocasionados por el perro a
terceros, tanto cuando es conducido y manejado por su titular, como por aquellas
personas que designe como responsables". Es decir, que el seguro debe incluir no sólo al propietario, sino también a otros posibles miembros de la familia que se hagan cargo del animal.
El borrador también aclara un aspecto que no venía recogido en la ley de Bienestar Animal. Y es que "serán válidos aquellos seguros del hogar que incluyan la responsabilidad civil sobre los animales de compañía del titular del seguro". Así que no es necesario contratar un seguro específico para el perro, siempre y cuando esté incluido en el seguro del hogar, algo que ya ofrece la mayoría de las compañías aseguradoras. Eso sí, hay que confirmar que la cobertura por los daños de animal alcanza al menos los 100.000 euros.
Por otra parte, en el caso de que una persona jurídica (protectoras, refugios, asociaciones, sociedades, fundaciones...) sea titular de un grupo de perros, "podrá incluirse la cobertura del seguro obligatorio para los mismos dentro de una póliza de responsabilidad civil para la práctica de su actividad".

