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El TC decide este sábado si suspende la candidatura de Puigdemont

El presidente González Rivas ha convocado de urgencia al resto de integrantes que invalidarán previsiblemente la propuesta de Torrent.

El presidente González Rivas ha convocado de urgencia al resto de integrantes que invalidarán previsiblemente la propuesta de Torrent.
Magistrados del Constitucional en una imagen de archivo | EFE

Un ejemplo más de la extraordinaria celeridad del Tribunal Constitucional cuando es el Gobierno el que plantea cuestiones sobre el desafío separatista. Los doce magistrados que componen el órgano se reunirán este sábado a las 13H, no habiendo transcurrido ni 24 horas desde que la Abogacía del Estado registró el escrito contra la proclamación de Carles Puigdemont como el candidato a la investidura en el Parlamento de Cataluña.

El presidente Juan José González Rivas ha convocado al resto de integrantes para que examinen la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad que ataca a las resoluciones de Roger Torrent. Al ser una cuestión planteada por el Gobierno central, esa mera admisión a trámite supondría la suspensión cautelar de la candidatura de Puigdemont, adquiriendo un carácter inconstitucional cualquier participación del mismo en la sesión de investidura programada en principio para el próximo martes, 30 de enero.

Según fuentes del Tribunal Constitucional, los magistrados admitirán a trámite el recurso pese a que no cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado –integrado por exaltos cargos de la política como José Manuel Romay Beccaría, ministro de Sanidad y Consumo o María Teresa Fernández de la Vega, además de reputados juristas, entre ellos el padre de la Constitución Miguel Herrero de Miñón. Son miembros natos que pueden asistir los Plenos todos los expresidentes del Gobierno de la nación–.

Juan José González Rivas, presidente del Tribunal Constitucional, ha vuelto de Estrasburgo donde asistía a la apertura de un curso del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Ha contactado urgente con el resto de los miembros del órgano con el objetivo de armar una respuesta rápida al recurso del Gobierno.

¿Habrá unanimidad? ¿Y desobediencia?

Fuentes del Tribunal añaden que la unanimidad está comprometida en esta cuestión. Varios de los magistrados estarían en la línea del Consejo de Estado, que en su informe no vinculante sostiene que no se ha producido ningún hecho que justifique la impugnación de la candidatura de Puigdemont. Si bien es cierto que pesa sobre él una orden de detención en España, "no existe una decisión judicial firme que le impida presentarse como candidato".

"Una eventual convocatoria del Pleno del Parlamento de Cataluña para la sesión de investidura del diputado Carles Puigdemont i Casamajó no puede considerarse contraria al orden constitucional con base en la hipótesis, de imposible constatación en el momento de emitirse el presente dictamen, de que el candidato propuesto no comparecerá en la sede parlamentaria el día de la sesión", recoge el documento del Consejo de Estado. "Por tal razón, no existen fundamentos jurídicos suficientes, atendida la jurisprudencia existente, para su impugnación ante el Tribunal Constitucional".

El Consejo sí se alinea con el Gobierno en otras tres cuestiones: que Puigdemont no puede intervenir en el Pleno a distancia, que no puede ser investido sin estar presente y que no se puede permitir el voto delegado a los diputados que permanecen voluntariamente fuera de España.

Más allá de lo que resuelva el Constitucional, no sería la primera vez que el bloque separatista en el Parlamento de Cataluña desobedece los pronunciamientos. Lo hicieron, por ejemplo, con las leyes de creación de instituciones propias, la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre o la sesión en la que aprobaron la declaración de independencia.

Personación de Puigdemont

El expresidente catalán ha solicitado al Tribunal Constitucional que le permita personarse. El acto de personación en un procedimiento no supone la presencia física de la persona. Puigdemont pretende ser parte del mismo y que los magistrados lo informen directamente sobre cualquier novedad al respecto y lo escuchen antes de la resolución.

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